viernes, 25 de febrero de 2011


Reunión Extraordinaria con Dirección
24-02-2011
La empresa ha informado al Comité del
PLAN DE COMUNICACIÓN DE RIGIDEZ HORARIA,
explicando que existe a fecha de hoy  descenso del volumen de ventas y la necesidad de personal en horario de tardes y fines de semana, donde se realizan la mayoría de las ventas  por lo que va a  informar a la plantilla en reuniones colectivas de las necesidades de la tienda para que VOLUNTARIAMENTE accedan a la reestructuración de su horario con carácter temporal, hasta que mejore la situación.
En principio estas reuniones se mantendrán con las secciones de CAJAS , EFCS  y PFT
El Comité entiende que las reuniones son informativas y que cualquier modificación de vuestro calendario ha de ser VOLUNTARIA Y DE MUTUO ACUERDO y constar POR ESCRITO.

martes, 22 de febrero de 2011

Victoria de los débiles contra el fuerte | « Victoire du pot de terre contre le pot de fer »

Victoria de los débiles contra el fuerte | « Victoire du pot de terre contre le pot de fer »

REFLEXIONES SOBRE EL SISTEMA DE HORARIOS DE CAJAS A TIEMPO PARCIAL (TANGO).

La mayoría de trabajadores de la línea de cajas están sujetos a este sistema de horarios variables mes a mes.

La Compañía debería  hacer  un planteamiento en relación al colectivo de cajas, ya que el trabajo de cajera es una actividad que requiere la realización de  tareas repetitivas de forma continuada y sin descansos a lo largo de varias horas,las exigencias de la tarea son tanto físicas como mentales y posturales, la fatiga mental y  el estrés son factores a tener en consideración...

El TANGO debería ofrecer  horarios homogéneos, que garanticen la salud laboral del colectivo de cajas,que velen por la conciliación de la vida laboral y personal del mismo- hay muchas madres y estudiantes-, que sean equitativos, que no sean irregulares y que eviten la constante partición del turno los sábados.

Para concluir la cajera debe ser cuidada

Alegaciones de U.G.T en Carrefour-GV2 en los horarios 2011-2012


Os trasladamos el escrito de alegaciones que dirigimos a la empresa en relación a los cuadros horarios del 2011-2012, como Sección Sindical.



L’Hospitalet de Llobregat, a 7 de febrero de 2011

Muy Sr. Nuestro:

En cuanto a los cuadros horarios 2011-2012 comunicados a esta Sección Sindical en fecha 26 de enero del 2011 en reunión extraordinaria del Comité de Empresa con la Dirección queremos hacer constar:
1.-Que es notorio y público el total desacuerdo de la UGT en cuanto el sistema adoptado por la empresa en cuanto a la organización del tiempo de trabajo, amparado en el Acuerdo de 22 de diciembre de 2009 suscrito por Fasga y Fetico y la empresa  (Texto del Acuerdo Colectivo entre el Comité Intercentros de Carrefour Hipermercados y la Dirección de la Empresa para la Modificación de los Turnos y Horarios de los Trabajadores que prestan servicios en los centros de Trabajo, para su adecuación a las necesidades organizativas, regulación de descansos según sentencia del Tribunal Supremos y criterios de aplicación fijados para su aplicación en el Convenio.), tal y como ya manifestamos el año pasado en nuestras alegaciones y que actualmente está en los tribunales, entendiendo que no están suficientemente documentados y acreditados los días y horas de mayor carga de trabajo y que en función de esta previa información, los cambios realizados no se ajuntan a la realidad del centro de trabajo.
2.- Que los horarios planteados no contribuyen a mejorar la conciliación de la vida familiar en la mayoría de los casos y que pueden conllevar graves consecuencias psicológicas al  someter a  los trabajadores a   una alteración de sus horarios de trabajo, ya que se  les impiden programar otras actividades laborales, académicas, recreativas o de cualquier otra naturaleza y conspiran contra su vida social y  familiar, determinando la posible aparición de riesgos psicosociales, alejándose de una correcta política de prevención de riesgos laborales.
3.- Que en cualquier caso, con independencia de las medidas legales adoptadas  por la UGT,  los horarios que nos ocupan tienen que cumplir  necesariamente los parámetros estipulados en el referido Acuerdo.
a)      Los horarios individuales de los trabajadores mantendrán la mayor homogeneidad posible durante el año, no debiendo desregularizarse la jornada.
b)      Que los posibles deslizamientos no desnaturalizen los turnos, como por ejemplo cuando se deslizan los turnos de mañana más allá de las 17 horas.
c)      En cuanto al sistema de descanso que se respeten los modelos estipulados
1.      Turnos rotativos (mañana/tarde/tarde) disfrutarán de 1dia de descanso cada 3 semanas (modelo 6-6-5), no acumulándose varios descansos en un solo mes.
2.      Resto de turnos disfrutarán de 1 día de descanso cada 4 semanas (modelo 6-6-6-5), no acumulándose varios descansos en un solo mes.

             
d)       En cuanto a los  5 fines de semana de sábado y domingo, independientemente de las vacaciones garantizados.

        1. Los trabajadores con prestación de servicios de 6 días a la semana en  turno rotativo mañana/tarde/tarde, disfrutarán de 5 días de descanso en   lunes    coincidiendo con los cinco sábados unidos a domingo.      
      En estos casos, el descanso del sábado se establecerá en turno de mañana y el del lunes en turno de tarde, de forma que disfrutarán de cinco (5) fines de semana al año con descanso desde el final del turno de mañana del viernes hasta el inicio del turno de tarde del martes.         


Los restantes seis días se disfrutarán principalmente en un día fijo que se señalará entre martes y jueves.
         2. Todos los demás  trabajadores con seis días de trabajo a la semana,  afectados por el presente  acuerdo disfrutarán de 2 días de descanso en   lunes coincidiendo el disfrute con dos de los sábados unidos a domingo,
                       
En el caso de que se trate de trabajadores con turno rotativo mañana/tarde  viceversa, el descanso del sábado coincidente con lunes se  establecerá  en el turno de mañana y el del lunes en el turno de tarde, de forma que,en estos casos, el descanso de estos dos fines de semana se extenderá desde el final del turno de mañana del viernes hasta el inicio del  turno de tarde del martes.

Los 5 días restantes de los doce que tiene que tener, se disfrutaran de martes a jueves principalmente en un día fijo.
  
e)      En el caso de trabajadores con turno rotativo mañana/tarde o mañana/tarde/tarde, se garantizará que el 20% de los días de descanso se disfruten en turno de tarde.


f)        En relación con descansos compensatorios de domingos/festivos trabajados:
                
1. En el caso de el trabajador preste servicios al menos 3 domingos/festivos de apertura al público en el mes de diciembre, uno de los  compensatorios deberá unirse a uno de los días de descanso semanal establecidos en el acuerdo en los meses de noviembre-diciembre-enero.

2. No se deben  compensar estos domingos/festivos trabajados en cualquier día del año a elección de la empresa, salvo acuerdo con el trabajador porque desvirtúa la naturaleza del descanso como por ejemplo cuando se trabaja el 6/12/2011 y el descanso compensatorio se disfruta en el mes de marzo del 2011, habida cuenta que debe compensarse dentro de los  15 días anteriores o posteriores, según acta de 8 de mayo de 2008 de este centro.


g)      El incremento de jornada en los días en que se aplique el reparto de las horas deberá tener en cuenta y cumplir con las normas de acumulación del descanso semanal y tiempo de interrupción entre el final de una jornada y comienzo de la siguiente.
En este sentido se podría mantener en todos los casos el descanso de las 12 horas  entre jornada,esto es sin disminuir el tiempo de descanso mínimo entre  jornadas en los cambios de turno

h)      En cuanto a las cajeras a tiempo parcial sujetas al Acuerdo del Comité Intercentros, 18-02-2005-horarios tango – que se cumpla en su integridad remarcando que:

  • Los horarios se fijarán como mínimo con periodicidad mensual, según dispone el convenio, entregándose los mismos, con al menos quince días de antelación al inicio del mes. El no cumplimiento de esta norma de antelación determinará que se realicen los mismos horarios efectuados por el trabajador en el mes anterior.
  • El turno partido únicamente se aplicará, de manera excepcional y en función de las necesidades, sólo en jornadas superiores a 6 horas, en los días autorizados de variación de turno en cada semana;
  • Las jornadas diarias no superiores a 6 horas deberán ser continuadas
  • Todos los trabajadores tendrán rotaciones entre los turnos continuados existentes

  • No se producirá más de un día de variación de turno en la  semana.
 
·        No obstante, en las semanas en que se abra al público en domingos y festivos por existir autorización comercial, y en la primera y última semana de cada mes, en todos estos casos siempre que se planifique en los cuadros horarios mensuales, se podrá establecer una modificación adicional de turno a la semana.

·        La planificación de los horarios mensuales deberá tener en cuenta el descanso compensatorio por los domingos y festivos de apertura autorizada trabajados, concretando el descanso en días completos en función de la jornada realizada en esos días.

·        La regularización del complemento funcional por trabajo en domingos y festivos de apertura autorizada (complemento 32.13) debe realizarse mensualmente en función de la jornada realizada durante dichos días en el mes.
      Así como lo recogido en el Acuerdo de 22/12/2009
·        En la fijación de los descansos semanales, ya sea de forma ininterrumpida o separando el medio día para su disfrute en otro momento de la semana o para acumularlo en plazos de máximo 4 semanas, se tendrá en cuenta en los cuadros horarios mensuales la acumulación a dicho descanso de las 12 horas de interrupción entre jornadas.
·        Los trabajadores que presten servicios 6 días a la semana, tendrán derecho al disfrute, entre los descansos que se le planifiquen mensualmente, de cinco (5) sábados al año unidos a domingos en los que no presten servicios.

4.- Que se debe respetar lo establecido en el Convenio Colectivo en su Art. 32.2

Si la empresa, en la planificación anual, introduce cambios en los cuadros horarios, las modificaciones en los turnos horarios en el calendario anual no podrán suponer variaciones en la jornada diaria ordinaria superiores a una hora sobre la que regularmente venga efectuando cada trabajador con respecto a la del año anterior y sin que esta facultad pueda ser utilizada para transformar una jornada de mañana en una de tarde o viceversa, o de continuada a partida.

5.-Adjuntamos relación de incidencias encontradas

Sin nada más y en espera de que modifique todas las incidencias, ruego se sirva firmar el presente ejemplar a efectos de notificación y constancia


22 DE FEBRER: DIA INTERNACIONAL DE LA IGUALTAT SALARIAL


A CATALUNYA, LA PENSIÓ MITJANA D'UNA DONA ÉS EL 59,3% DE LA D'UN HOME
La UGT denuncia en l'informe 'La discriminació salarial' que les desigualtats no afecten només la vida laboral de les dones, també les pensions i les prestacions per atur
Davant la commemoració demà, 22 de febrerdel Dia Internacional de la Igualtat Salarial, la UGT de Catalunya torna a manifestar la necessitat de superar una de les qüestions més evidents i urgents per a assolir la igualtat real entre homes i dones al mercat de treball, la discriminació salarial, i ho fem amb l'informe 'Dia Internacional de la Igualtat Salarial. La discriminació salarial'.
Des del nostre sindicat volem denunciar de nou la bretxa salarial que separa els treballadors i les treballadores a casa nostra. Les dones assalariades tenen un salari menor que els homes: a Catalunya, les dones guanyen un 26% menys que els homes. I amb l'edat, la bretxa salarial encara es fa més gran, fent-se encara més gran a la franja de 45 a 54 anys, en què les dones cobren un 28,2% menys que els homes de la mateixa franja d'edat.
Però, tal i com ens fixem en l'informe que us presentem avui, la discriminació salarial no és un fet exclusiu de la vida laboral de les dones. El menor salari durant els anys cotitzats significa, també, una pensió de jubilació menor per a la dona enfront a la d'un home que ha realitzat una feina d'igual valor. A Catalunya, la pensió mitjana d'un home és de 1.010 euros mensuals, mentre que la de la dona se situa en 598 euros, és a dir, un 59,3% la de l'home.
I el mateix passa en el cas de la prestació contributiva per desocupació, on també podem comprovar que existeix una relació directa entre els salaris i la percepció d'una prestació per pèrdua de treball. Mentre a la quantia mitjana reconeguda a homes beneficiaris d'una prestació contributiva per desocupació és de 29,84 euros diaris, la de les dones beneficiàries és de 25,35 euros diaris, és a dir el 85% de la quantia mijta dels homes.
Des de la UGT de Catalunya creiem que per a l'eliminació de la discriminació salarial és fonamental aplicar polítiques dirigides a combatre la discriminació a l'accés a l'ocupació, la segregació ocupacional i la discriminació en la promoció professional. Per una altra part, s'hauria de potenciar una sèrie de polítiques socials en torn a la protecció de les famílies que, entre altres coses, permeti la compatibilitat de la cura de fills i familiars amb dependència amb l'activitat laboral d'homes i dones, així com un repartiment més equitatiu de les responsabilitats familiars.

viernes, 18 de febrero de 2011

Reunión del Comité Intercentros de Carrefour

17/02/2011 | Sección Sindical Estatal de Carrefour

Otra reunión descafeinada del Comité Intercentros de Carrefour, la primera de este año, con la sola presencia de los paraempresarios de Fetico y Fasga y la Dirección de la Empresa. Carrefour sigue con su actitud ANTISINDICAL contra UGT y CC.OO. y por este motivo seguimos sin asistir a estas reuniones descafeinadas del Comité Intercentros donde la principal respuesta de la Empresa a casi todos los temas que se tratan, es el de mandar un recordatorios a los centros para que cumplan la legalidad…se les olvida pronto.
Pasamos a informaros de algunos de los puntos tratados en la reunión y que cuanto menos son dignos de superación, como por ejemplo la subida salarial para este año 2011.

INCREMENTOS SALARIALES 2011
Ellos lo llaman incrementos salariales para el 2011, nosotros lo llamamos cuanto vamos a perder este año de poder adquisitivo, hay que tener cara y pensar que los trabajadores somos tontos o que no nos enteramos, sí el año pasado la perdida salarial solo del salario base fue del 2% y los complementos personales un 3% que no tienen subida y que además no tenemos cláusula de revisión salarial, es decir si hacemos las cuentas como ellos las hacen hemos perdido un -2 y un -3 = un -5% en el año 2010 y para este año el 2% de subida, cuando ya esta el IPC en el 3,3% y los complementos 0 de subida, eso sí ya sabemos cuando nos pagaran la subida y los atrasos del mes de enero, sí en la nomina de febrero.

AMPLIACIÓN DE UN BENEFICIARIOS DEL DESCUENTO EN COMPRAS
Bueno, podríamos decir que es un avance, que lo es, pero poco significativo, sí se podrá beneficiar una persona mas del descuento de empleado, pero porque, ¿es que no llegamos al tope?, es decir hay que comprar mas o ¿vender mas? no seria mas lógico ampliar el descuento y en vez de tener el 8% de las compras pasar por ejemplo al 10% como así venimos reivindicando la UGT desde la prehistoria.

REPRESENTACION SINDICAL COMITÉ INTERCENTROS
Pese a la practica sindical de la empresa y el afán de exterminio tanto de CC.OO. como de UGT seguimos manteniendo la misma representación en el Comité Intercentros, 2 de CC.OO. y 2 de UGT, eso si, siguen manteniendo los paraempresarios la mayoría 8 fetico y 1 fasga.

EXCESOS DE JORNADA Y CÓMPUTO
Lo comentado antes, se mandara un recordatorio para que cumplan lo establecido, ¿será que se les olvida? o ¿será que no quieren cumplirlo?

PLAN DE FORMACION 2011
Siguen presentando una vez más planes formativos que no van acompañados de formación profesional que pueda ser utilizada y convalidada a posteriori para los reconocimientos de nivel de los trabajadores, como solicitamos cada año desde la UGT.

Entra en vigor el Real Decreto Ley de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas

Entra en vigor el Real Decreto Ley de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas

Méndez: "Tenemos que seguir haciendo muchos esfuerzos para saltar por encima del muro de la crisis"

Méndez: "Tenemos que seguir haciendo muchos esfuerzos para saltar por encima del muro de la crisis"

domingo, 6 de febrero de 2011

Modificación Horarios 2011-2012

A la hora de revisar tú horario TIENES QUE TENER EN CUENTA:

Jornada a realizar

Comprueba que tu calendario se corresponde con tu jornada contratada según seas de jornada completa, TP 36 horas, TP 30 horas, etc.
Es decir, debe figurar  la jornada anual 1770, 1634 o 1361 horas, respectivamente.

Festivos  y vacaciones

En caso de coincidencia de un festivo durante el período de vacaciones planificado, se establecerá en tu calendario el día  de descanso en compensación.

Trabajo en festivo y descanso compensatorio

En el caso de que un trabajador preste servicios al menos tres (3) domingos/festivos de apertura al público en el mes de diciembre, uno de los días de descanso compensatorio por dichos días de prestación deberá disfrutarse unido a uno de los nuevos días de descanso semanal establecidos en el período de noviembre - diciembre - enero.

Cajeras con sistema horarios  tango

Los trabajadores incluidos y afectados por el Acuerdo de Trabajadores a Tiempo Parcial de la Línea de Cajas 18.02.2005 y que presten servicios 6 días a la semana, tendrán derecho al disfrute, entre los descansos que se le planifiquen mensualmente, de cinco (5) sábados al año unidos a domingos en los que no presten servicios. Recuerda que 15 días antes de que finalice el mes debes saber tu horario para el mes siguiente, EXIGELO.

Descanso dentro de la jornada 

-Las jornadas diarias continuadas de trabajo no superiores a cinco (5) horas de trabajo efectivo no tendrán descanso dentro de la jornada, salvo acuerdo alcanzado a solicitud del trabajador;

-Las jornadas continuadas superiores a cinco (5) horas de trabajo efectivo e inferiores a ocho (8) tendrán ½ hora de descanso en la jornada.

El tiempo de descanso dentro de la jornada no computa como tiempo de trabajo efectivo, y el mismo no se iniciará antes de que transcurran dos horas del inicio de su jornada, disfrutándose en la parte central de la misma, salvo acuerdo a solicitud del trabajador.


Distribución de descansos semanales

1
.Sí eres de TURNO DE MAÑANA, DE TARDE O TURNO ROTATIVO MAÑANA/TARDE

Seguirás manteniendo tu turno y solo tendrás la obligación de realizar, los de turno de mañana, un sábado cada cuatro, que lo realizarás de tarde, si así lo estas haciendo desde el año pasado.
Los de turno de tarde, un lunes cada cuatro lo realizarás en turno de mañana, si ya lo realizabas el año pasado.

La distribución  del descanso semanal es el siguiente:

Es decir un día de descanso cada 4 semanas), siendo un total de 12 días de descanso al año, distribuidos:

2 Sábados unidos a 2 Domingos y 2 lunes.
3 sábados unidos a 3 domingos.
5 días (normalmente en un día fijo) de martes a jueves.

Recuerda 52 días máximos al año de 8 h

2
.Si eres de TURNO ROTATIVO MAÑANA/TARDE/TARDE:

Mantendrás esta distribución.

En este caso (mañana/tarde/tarde) la distribución del descanso tiene que ser de la siguiente manera:

6 - 6 - 5 (es decir un día de descanso casa tres semanas), siendo un total de 16 días de descanso al año, distribuidos de la siguiente forma:

5 Sábados unidos a 5 domingos y a 5 lunes.
6 días más, normalmente en un día fijo de martes a jueves.

Por lo que aproximadamente trabajaras un promedio de 69 días al año 8h.

Como ya sabéis, el año pasado la empresa realizo con la firma y visto bueno  de Fetico y Fasga, estas modificaciones aplicando el Art. 41 ET y estando en contra la UGT.

RECORDAR LO SIGUIENTE:

Que si La empresa, en la planificación anual, introduce cambios en los cuadros horarios, la modificaciones en los turnos horarios en el calendario anual no podrán suponer variaciones en la jornada diaria superiores a una hora sobre la que regularmente venga efectuando cada trabajador con respecto a la del  año anterior y sin que esta facultad pueda ser utilizada para transformar una jornada de mañana en una de tarde o viceversa, o de continuada a partida.

martes, 1 de febrero de 2011

¿DÓNDE ESTÁ NUESTRO 2% DEL AÑO 2010?


O DE CÓMO LA PATRONAL Y SUS ALIADOS, FASGA Y FETICO, REBAJAN EL PODER ADQUISITIVO DE 300.000 TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.

El viernes, 28 de enero, se reunió la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes para acordar el incremento salarial del año 2011.

De “rocambolesca y kafkiana” podríamos tachar la reunión mantenida por los empresarios de Grandes Almacenes que integran la patronal ANGED y sus bien alimentados departamentos sindicales FASGA Y FETICO. Y es que, si no fuera por la gravedad del asunto y la repercusión que va a tener en miles de familias, diríamos que nos encontramos ante una broma, de mal gusto sí, pero broma al fin y al cabo.Pero vayamos por partes. 
 
 
Después de habernos condenado a los trabajadores y trabajadoras de Grandes Almacenes a un Convenio Colectivo que ostenta el dudoso honor de ser el más restrictivo en el sector del comercio (y más allá), en cuanto a la mayoría de los derechos se refiere, ahora resulta que los redactores y firmantes del mismo no lo entienden. En efecto, buscaron y buscaron en lo más hondo de sus prodigiosas mentes fórmulas lo más enrevesadas posibles para escapar de cuantas actualizaciones salariales fuera posible ( ya denunciamos desde UGT en su día que cargarse la clausula de revisión salarial podría suponer incrementos salariales inferiores al IPC real) y, Eureka!!,lo consiguieron. Encontraron una fórmula mágica que les iba a asegurar no tener que pagar cada año a cerca de 300.000 trabajadores aumentos salariales que se equipararan al incremento del nivel de vida.

En esa fórmula intervenían múltiples factores como:”...previsión del IPC armonizado del conjunto de la comunidad europea que se publique por el Eurostat, dato de consumo anual en grandes superficies medido como Índice de Ventas de Comercio al por Menor en Grandes Superficies, una vez deducido el efecto inflación o diversos coeficientes correctores. Sin palabras. Y llegó la hora de aplicarlo. En la reunión de la Comisión Mixta lo único que sí quedó meridianamente claro es que ninguno de ellos sabía cómo hacer los cálculos (ellos que lo eran los ideólogos de la trama), es más, quedó constatado, y , así lo recoge el acta, que había factores que no podían aplicar porque, sencillamente, no existían!!!. 

Lo único claro en todo este enrevesado lío más propio de una película de los hermanos Marx que de la seriedad de un Convenio Colectivo es que: 

  • En enero de 2010 la subida de los salarios fue un 1% y la de los complementos un 0%. El IPC real a finales de 2010 fue del 3%, por lo que el cálculo para nosotros es muy simple: 
HEMOS PERDIDO PODER ADQUISITIVO, UN 2% EN EL SALARIO BASE Y MÁS DE UN 3% EN COMPLEMENTOS.
  • En enero de 2011 la subida de los salarios es de un 2% pero sólo sobre el salario base.
Lo que origina una duda, en 2010 ya perdimos un 2%,
¿Cuánto estamos condenados a perder en 2011? ( en estos momentos el IPC ya está en el 3,3%)


DESDE UGT SEGUIMOS CONDENANDO ESTE CONVENIO Y RECLAMANDO NUESTROS DERECHOS EXPOLIADOS.

CC OO y UGT han llegado a última hora de este lunes a un acuerdo social, a ratificar el martes por los correspondientes órganos de dirección de cada interlocutor

CC OO y UGT han llegado a última hora de este lunes a un acuerdo social, a ratificar el martes por los correspondientes órganos de dirección de cada interlocutor

Gobierno, patronal y sindicatos anuncian el cierre de un acuerdo social

MADRID/BARCELONA, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -


El Gobierno, las patronales CEOE y CEPYME y los sindicatos CCOO y UGT han anunciado el cierre de un acuerdo social que será ratificado este martes por los correspondientes órganos de dirección de cada uno de los agentes sociales.
Las partes se reunieron este lunes en Madrid durante más de seis horas para tratar de cerrar un acuerdo definitivo en un encuentro encabezado por los ministros de Trabajo, Valeriano Gómez, e Industria, Miguel Sebastián, y al que asistieron los secretarios generales de CC.OO. y UGT, Ignacio Fernández Toxo y Cándido Méndez, así como el presidente de la CEOE, Juan Rosell, y el de CEPYME, Jesús Terciado.
Al término del encuentro, que comenzó sobre las seis de la tarde y concluyó pasada la medianoche, los agentes sociales han anunciado en un comunicado conjunto que a última hora del lunes habían alcanzado un acuerdo social que sería ratificado este martes por los correspondientes órganos de dirección.
Han explicado, además, que el texto definitivo del acuerdo no se daría a conocer hasta que no se haya obtenido esta confirmación.
Durante la madrugada del jueves al viernes de la semana pasada se selló un primer acuerdo sobre la reforma del sistema de pensiones, determinadas políticas activas de empleo y los criterios básicos para llevar a cabo la reforma de la negociación colectiva.
Desde ese viernes y hasta el lunes, se intensificaron los encuentros para cerrar el acuerdo en el resto de puntos, política energética e industrial, I+d+I y otros aspectos que quedaban pendientes en materia de políticas activas de empleo.
Además, el vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, ya adelantó el pasado viernes que el Gobierno trasladaría la negociación a los grupos políticos durante esta semana.
Durante todo este proceso, el Ejecutivo ha mantenido informados a los grupos sobre la evolución de las negociaciones con los agentes sociales, sobre todo a CiU, PNV y CC, con los que pactó una enmienda del PSOE para elevar la edad de jubilación.
Este gran acuerdo social está previsto que se escenifique de manera formal el próximo miércoles en el Palacio de la Moncloa con la presencia del jefe del Ejecutivo, los líderes sindicales y los presidentes de la CEOE y CEPYME.
Esta cita se desarrollará un día antes de la visita a España de la canciller alemana Angela Merkel, un encuentro con un marcado contenido económico.
ACUERDO PREVIO SOBRE PENSIONES Y MERCADO LABORAL
El acuerdo pivota en torno a la reforma de pensiones que contempla la elevación de la edad de jubilación a los 67 años, aunque aquellos que cumplan carreras de cotización de 38,5 años podrán jubilarse a los 65 años y cobrar el cien por cien de la pensión.
Desde el viernes y hasta este lunes, las partes han negociado sobre el resto de las políticas de empleo, política industrial, política energética, política de ciencia e innovación así como otras relevantes cuestiones de índole laboral.
Horas antes de anunciarse el acuerdo, Trabajo anunció un plan de choque del empleo a través de la bonificación del trabajo a tiempo parcial que podría generar hasta 100.000 puestos, con una jornada mínima del 50%, durante un año de vigencia. Además, se eximirá a las pymes del pago de cotizaciones, y del 75% en el caso del resto.
La secretaria de Estado de Empleo, Mari Luz Rodríguez, concretó que este plan 'tránsito hacia el empleo estable' contempla que la reducción de las cotizaciones será como mínimo de seis meses cuando el contrato a tiempo parcial sea temporal y hasta un año cuando se trate de un indefinido.
Asimismo, se incluye un incentivo del empleo temporal que podría interpretarse como una incoherencia frente a las pretensiones de la reforma laboral, pero que responde al carácter de "cortísimo plazo" del plan.
En cuanto a la ayuda de "en torno a 400 euros" vinculada a la formación, que es la segunda pata del pacto sobre políticas activas y que sustituirá a la de 426 euros a partir del 15 de febrero, Rodríguez explicó que introduce como novedades el reconocimiento de esta ayuda como derecho de los trabajadores y su carácter nacional.
Ello significa que su coste correrá a cargo del Estado y cubrirá a todos aquellos desempleados sin recursos, especialmente jóvenes y parados de larga duración. Al mismo tiempo, aclaró Rodríguez, no supondrá un coste adicional para las comunidades autónomas, aunque éstas tendrán que reservar una cuota de orientadores y de acciones formativas para estos desempleados.