miércoles, 5 de febrero de 2020

Devolución importes retraídos por IT año 2019


COMPLEMENTO INCAPACIDAD TEMPORAL 

Se procederá al abono de la cuantía correspondiente a la retribución de los tres primeros días de IT para aquellos trabajadores que durante el año 2019 han contado con una sola baja laboral en la nómina del mes de enero de 2020, recordando  la empresa que para su percibo por el trabajador es requisito que no se haya producido más que un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral en el año natural.