jueves, 5 de diciembre de 2019

JORNADA Y DESCANSO EN PERIODOS DE MAYOR ACTIVIDAD



Acuerdo Modificación Sustancial Distribución de Jornada, Tumos y Horarios 2018
6.2.2 Distribución de la jornada en cada día según necesidades:
.......
En la distribución de horas liberadas, no se planificarán en el último trimestre del año más de 33 horas, ni podrán dar lugar a la prestación máxima de 9 horas más de diez días consecutlvos de trabajo.
En todo caso, las horas liberadas estarán incluidas en el número máximo de / horas de distribución irregular en cómputo anual.

CRITERIOS DE ROTACIÓN EN LA AFECTACIÓN CON PERIODICIDAD ANUAL


Acta comisión de seguimiento del Acuerdo Modificación Sustancial Distribución de Jornada, Tumos y Horarios 6/09/2018

Por la Comisión se plantea a la Dirección, ante las diferentes interpretaciones al respecto, se aclare cuando se activará el principio de rotación en la afectación y forma de comunicación.
Por la Dirección se manifiesta que la rotación en la afectación de las medidas previstas en el Acuerdo es anual (por año natural), y que de conformidad con lo previsto en el mismo los cambios que sean necesarios se comunicarán dentro del calendario del primer trimestre del año en curso, mediante comunicación escrita a los trabajadores afectados y a los que corresponda desafectar, con un mínimo de 7 días de antelación.

jueves, 10 de octubre de 2019

Treballar sense estres

El consell preventiu del dia

Utilitza tècniques de relaxació per reduir l’estrès. Per exemple, la respiració quadrada: tria una postura amb què et sentis a gust. Inhala, comptant fins a quatre, i exhala, comptant fins a quatre. Sempre pel nas. Consulta tríptic Treballar sense estrés.

Recordeu que l'1 d'abril hem iniciat la campanya "Connecta't @ la prevenció" i que oferim un consell preventiu diari als perfils del nostre sindicat a les xarxes socials sobre prevenció de riscos laboral i promoció de la salut dels treballadors i les treballadores. Segueix-nos a Facebook, Twitter, Telegram i consulta tots els consells preventius a FacebookTwitterTelegram i consulta tots els consells preventius a la nostra web.

Visibilitzem el precariat

Visibilitzem el precariat

Ets precària? Ets precari?
Entenem com a precarietat laboral aquella feina que està mal pagada, és insegura no té protecció i no pot sostenir una llar. A Catalunya, 4 de cada 10 treballadors són precaris, però no tots són visibles a ulls de la ciutadania. Aquesta setmana hem iniciat la campanya 'Visibilitzem el precariat' per denunciar obertament les feines precàries, aquelles que es veuen però sobretot les que són invisibles socialment.

[Veure vídeo de presentació de la campanya]
Si vols fer pública la teva denúncia podràs fer-ho a través de la web de plataforma-precaria.org i a través del nostre nou perfil d'Instagram: ugtdecatalunya.

GUÍA DE DERECHOS PARA HACER COMPATIBLE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL

GUÍA DE DERECHOS PARA HACER COMPATIBLE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL

GUÍA BÁSICA PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


GUÍA BÁSICA PARA LA VIGILANCIA DE LA SALUD PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

miércoles, 19 de junio de 2019

El derecho de adaptación de jornada




Con el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación (RDL)   se recoge  una de las modificaciones más relevantes  relativa a la posibilidad de  concreción horaria sin reducción de jornada
Hasta ahora el Estatuto de los Trabajadores marcaba que la concreción horaria para el cuidado de hijos y familiares conllevaba una reducción de jornada y de  salario. Con el nuevo  artículo 34,8 ET, las personas trabajadoras no tendrán únicamente, como antes, derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada, sino también a la ordenación del tiempo de trabajo y forma de prestación, incluido el trabajo a distancia.
Para ello, deberán llegar a un acuerdo con el empresario y, en esa negociación, ambas partes deberán exponer sus necesidades de conciliación, por un lado, y organizativas/productivas, por el otro,  para que la persona trabajadora pueda hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral, Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas en relación con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades organizativas o productivas de la empresa.
La solicitud de adaptación de la jornada abrirá un proceso de negociación individual, en ausencia de negociación colectiva, de un máximo de treinta días de duración, culminando en una decisión empresarial por escrito que acceda a la solicitud, plantee una alternativa o la deniegue, debiendo justificar, en este último caso las razones objetivas que sustentan dicha decisión.
En caso de denegarse  el trabajador/a  puede  demandar el reconocimiento  de la adaptación horaria, mientras que  la reducción de jornada (que no la concreción horaria), debe ser necesariamente aceptada por la empresa.
La persona trabajadora tendrá derecho a solicitar el regreso a su jornada o modalidad contractual anterior una vez concluido el periodo acordado o cuando el cambio de las circunstancias así lo justifique, aun cuando no hubiese transcurrido el periodo previsto.

En el caso de que tengan hijos o hijas, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplan doce años.

miércoles, 13 de marzo de 2019

Exceso de horas


Imagen relacionadaArtículo 27. Verificación de la jornada.

1. La verificación y control de la ejecución de la jornada se efectuará, con carácter individual y anualmente.
2. Dentro del año de cómputo, las empresas procederán a la liquidación de los tiempos de exceso que se hayan podido producir sobre la jornada del artículo 25 mediante su compensación con igual tiempo de descanso, salvo acuerdo para su acumulación y disfrute en días completos, dentro de los tres meses desde la finalización del cómputo anual, procurando ambas partes que no coincidan tales descansos con los períodos punta de producción. Las empresas entregarán al comité de centro la relación de las horas de exceso que fueran extraordinarias.
Cuando, por cualquier causa la jornada máxima en cómputo anual se viera superada por la suma de las horas trabajadas efectivamente y aquéllas en las que, con programación de trabajo, la obligación de trabajar estuvo legalmente suspendida, manteniendo el derecho a retribución de la Empresa, bien a su cargo, o en pago delegado, las horas de exceso que resultaren, transcurrido el período antes referido, se compensarán al trabajador en proporción al tiempo efectivamente trabajado, como horas ordinarias o en tiempo libre equivalente.

jueves, 7 de marzo de 2019

especial 8-M

UGT X la igualdad


8 de Març, vaga general!

Un any després de les aturades i les mobilitzacions històriques del 8 de Març, en igualtat seguim igual, i continuen les discriminacions laborals, econòmiques i socials que pateixen les dones. Per això, aquest Dia de la Dona totes i tots hem de lluitar als centres de treball i al carrer per dir prou a tanta precarietat i a tanta desigualtat.

Recordeu que enguany el 8 de Març la UGT hem convocat vaga general de 24 hores. La vaga podrà desenvolupar-se durant tota la jornada laboral i com a mínim durant dues hores en cadascun dels torns de treball.

la nostra web i a la web de la campanya "En igualtat seguim igual" trobareu tota la informació del 8M actualitzada!

Manifestacions i actes del 8M

Aquest 8M arreu de Catalunya es convoquen concentracions i manifestacions per reivindicar la igualtat real entre dones i homes. A la nostra web i a la web de la campanya "En igualtat seguim igual"trobareu les mobilitzacions en què participa el nostre sindicat a les diferents ciutats catalanes.

Barcelona, la UGT i CCOO convoquem una concentració a les 12 hores a la Plaça d'Antonio López (Correus) per iniciar a les 12.30h la manifestació per Via Laietana fins a la Plaça de Sant Jaume, on tindrà lloc un acte amb parlaments.

I a la tarda (18.30h) ens sumem a la gran manifestació feminista que recorrerà la Gran Via de Barcelona, des de la Plaça Espanya fins a la Plaça Catalunya. El punt de trobada de la UGT de Catalunya serà a les torres venecianes de plaça Espanya a les 17.30h.
Aquest 8M, la UGT de Catalunya exigim:

  • Exigim la derogació urgent de la reforma laboral, atès que el marc establert té un impacte especialment negatiu per les dones.
  • Exigim a les administracions una mostra real de voluntat de lluita contra les desigualtats al mercat de treball, augmentant notablement els pressupostos dedicats a polítiques d'igualtat per a aquest 2019, situant-los, com a mínim, a nivells de 2007.
  • Exigim que la Inspecció de treball es doti dels recursos humans i econòmics suficients per poder dur a terme la seva feina de vigilància de la llei amb efectivitat.
  • Exigim, en aquest sentit, al Govern de la Generalitat, que doti de recursos i efectius l'Institut Català de les Dones.
  • Exigim el compliment de la llei d'igualtat a les empreses, ja que aquestes no s'han cregut la llei ni la obligació de tenir mesures d'igualtat o protocols de prevenció i actuació davant l'assetjament sexual i per raó de sexe. Després d'onze anys de vigència de la llei, l'Administració no ha sigut ni contundent ni exigent en el seu paper controlador. En aquest sentit, exigim al Departament de Treball més control i sanció de les empreses incomplidores.
  • Exigim als governs competents, per a la lluita contra la bretxa salarial de gènere a les empreses, la redacció d'una llei de transparència salarial. Ja!!!
  • I instem al Govern de la Generalitat que recuperi la figura de les persones delegades d'igualtat previstes a la llei d'igualtat catalana.

miércoles, 20 de febrero de 2019

UGT registra la convocatoria de huelga general de al menos 2 horas por turno

8M: La huelga tendrá cobertura de 24 horas




• UGT registra la convocatoria de huelga general de al menos 2 horas por turno, con cobertura de 24 horas, para el viernes, 8 de marzo.
• La convocatoria podrá desarrollarse en todos los sectores de actividad, en todo el territorio del Estado y durante toda la jornada.
• El sindicato hace un llamamiento tanto al conjunto de la sociedad para que participe en esta jornada de lucha y secunde los paros.
La Unión General de Trabajadores ha registrado hoy telemáticamente en el Ministerio de Empleo, Migraciones y Seguridad Social una convocatoria de huelga general de al menos dos horas por turno, con cobertura de 24 horas, para el viernes, 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.
La huelga general podrá seguirse, por tanto, a lo largo de toda la jornada, en todos los sectores de actividad y en todo el territorio del Estado.
Horario del paro
El paro, de al menos dos horas por turno, se concentrará en el siguiente horario:
  • En los turnos de mañana: de 12:00 a 14:00 horas
  • En los turnos de tarde: de 16:00 a 18:00 horas, y
  • Para las jornadas continuadas en turno de noche: las dos primeras horas del turno que comienza el día 8 de marzo.
Objetivos de la Huelga
Los objetivos que persigue el sindicato con la convocatoria de esta jornada de lucha son, entre otros:
  • La consecución de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la plena equiparación de derechos de las mujeres en nuestra sociedad.
     
  • Luchar contra la desigualdad y todas las formas de discriminación que sufren las mujeres en el ámbito familiar, social, político y económico, así como para entrar al mercado laboral y una vez dentro.
     
  • Combatir, muy en particular, el rechazo a la brecha salarial que llega en España hasta casi el 23% del salario y supone que en nuestro país las mujeres cobren al año cerca de 6.000 euros menos que los hombres.  
     
  • Rechazar la cronificación del desempleo femenino y la elevada parcialidad –tres de cada cuatro jornadas a tiempo parcial son desarrolladas por mujeres-  y precariedad de los empleos desempeñados por mujeres así como la segregación ocupacional, la ausencia de medidas eficaces que garanticen la conciliación y la corresponsabilidad de la vida personal, laboral y familiar o la ausencia de un sistema de protección social igualitario.
     
  • Condenar y combatir todas las formas de violencia machista en todos los ámbitos y la insuficiencia de medidas en todos los ámbitos –con especial consideración al laboral- para la protección de las víctimas de la violencia de género.
     
  • Rechazar las políticas de igualdad de género del Gobierno.
Seguir avanzando
Para el sindicato es absolutamente necesario y urgente aprobar una ley de igualdad salarial para combatir la brecha entre los salarios de hombres y mujeres; reforzar los instrumentos de vigilancia, control y sanción por parte de la Autoridad Laboral para el cumplimiento del principio de igualdad en el ámbito laboral, desarrollar medidas que garanticen la corresponsabilidad entre mujeres y hombres que faciliten compatibilizar el trabajo y los cuidados; garantizar el cumplimiento de las medidas acordadas en el Pacto de Estado contra la violencia de género, hacer efectivo el diálogo social, impulsar la negociación colectiva así como incrementar las políticas activas de empleo, exigir planes de igualdad en todas las empresas ampliando su ámbito de aplicación legal a empresas de menos de 250 trabajadores, o la adopción de medidas de acción positiva dirigidas a eliminar la discriminación y la desigualdad en el empleo y en la protección social, sin olvidar la importancia de poner en marcha un modelo educativo igualitario, fortalecer los servicios públicos, en especial, los relacionados con el cuidado y adoptar medidas dirigidas a lograr la representación paritaria en los órganos de decisión y representación.
Por todo ello, la Unión General de Trabajadores hace un llamamiento tanto a los trabajadores y trabajadoras como al conjunto de la sociedad para que secunde los paros, y participe de forma activa en las diversas movilizaciones que se van a llevar a cabo a lo largo de toda la jornada del 8M, Día Internacional de la Mujer, para trabajar por la consecución del pleno y efectivo derecho a la igualdad de todas las mujeres y denunciar cualquier vulneración de los derechos constitucionales.

El 8-M tiene que ser una gran bofetada a la ultraderecha machista

El 8-M tiene que ser una gran bofetada a la ultraderecha machista: Noticia de Servicios para la Movilidad y el Consumo de la UGT

Plan de igualdad Carrefour :Publicación BOE




descarga plan de igualdad



2019: el año del empleo, los salarios, los derechos y la igualdad

HOJA INFORMATIVA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DEl C.l. CON LA EMPRESA CARREFOUR HIPERMERCADOS


El  30 de enero de 2019, tuvo lugar una reunión extraordinaria del Comité Intercentros junto con con la empresa Carrefour Hipermercados. 

Pasamos a detallar los puntos más relevantes tratados en dicha reunión:


  • ACTUALIZACIÓN DEL MODELO ORGANIZATIVO: la empresa comunica a la RLT, que va a adaptar el actual Modelo Organizativo Carrefour a las necesidades de la empresa; se prevé que esté implantado a finales del mes de junio, y habrá un total de 20 tipologías de tiendas, apareciendo nuevas funciones como Nuevo Auxiliar Comercial y el Apoyo Comercial.
  • GESTIÓN DE RESIDUOS: a partir del 1 de marzo de 2019 la gestión de los residuos en las tiendas, en lo que se refiere al cartón y los plásticos, será gestionada por la plantilla de Carrefour. La Empresa realizará una convocatoria para cubrir esta necesidad primando la voluntariedad.
  • OPTIMIZACIÓN STAND FINANZAS Y SEGUROS: a partir del 31 de marzo, se procede a dar paso a la segunda  oleada de amortización de stands de finanzas y seguros que afectaran a 30 tiendas, como consecuencia de la baja demanda del cliente, menos presencial y más digitalizada. Como ya ocurrió en el anterior proceso de amortización, todos los trabajadores serán reubicados en los hipermercados, en función de la carga de trabajo y necesidad de atención al cliente.
  • CESE EXPLOTACIÓN TIENDAS WOW: la dirección de la Empresa anuncia, que debido al estancamiento del proyecto WOW, se hace necesario su cese de explotación, sin perjuicio para los trabajadores que serán reubicados, formados e informados, en otros puestos del hipermercados en función de la carga de trabajo y necesidad de atención al cliente.
  • NUEVO MODELO DE GESTIÓN DE PESCADERÍAS: tras un análisis de parámetros económicos y barómetro de clientes, realizado por la empresa, debido a su venta, en 34 tiendas se implantará un modelo mixto de venta, es decir de lunes a jueves el producto será  ofrecido a través del libre servicio y los fines de semana contará con el apoyo del servicio de mostrador como hasta ahora.
  • BALANZAS DIGITALES DE FRUTERIA: por la Dirección se informa acerca de la extensión del sistema de balanzas digitales a otros 45 centros,  a partir del 1 de marzo 2019, para lo que se impartirá la formación necesaria.
  • REORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE PROBADORES: se informa a la RLT del nuevo sistema de presencia de personal en probadores que en el caso de 158 se reducirá en dos horas, una por la mañana y otra por la tarde, además de modificar su ubicación en 44 tiendas.
  • EXTENSION DEL PROYECTO FOOD SERVICES: la Dirección comunica, que tras los resultados satisfactorios de los primeros seis Hipermercados,  extenderán el proyecto a otras 41 tiendas en dos tandas a lo largo de 2019, al mismo tiempo se nos presenta el sistema de incentivos del personal que dinamiza la comercialización y venta de estos productos.
  • PROYECTO INNOVACIÓN DIGITAL EN CAJAS: presentación de los nuevos proyectos a implantar en la línea de Cajas cuyo objetivo es, según la empresa, modernizar el sistema de cobros y gestión de incidencias, y eliminar y sustituir las tareas que hoy realiza el cliente, por medios tecnológicos.
  • PLAN DE TRANSFORMACIÓN ECOMMERCE: presentación por parte de la empresa de los nuevos pasas a seguir dentro de este proyecto, para incrementar pedidos y mejorar el modelo.
  • PLAN SEVILLA: nuevo  plan que pretende incrementar el número de clientes y la venta en PFT, mejorando la imagen local y comercial, estando prevista su extensión parcial a lo largo del año 2019.

miércoles, 23 de enero de 2019

SUBIDA SALARIAL 2019

APLICACIÓN INCREMENTO SALARIAL ARTÍCULO 24.1 DEL CONVENIO COLECTIVO DE GRANDES ALMACENES (B.O.E. 7.10.2017).

Reunión Comisión Mixta del Convenio Colectivo. SINDICATO FEDERAL DE GRANDES ALMACENES 


En el día de hoy, 14 enero 2019, en los locales de ANGED se ha reunido la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes; reunión a la que asistió la delegación de UGT, firmante del antedicho convenio, a fin de tratar el siguiente orden del día: 

UNICO. APLICACIÓN INCREMENTO SALARIAL ARTÍCULO 24.1 DEL CONVENIO COLECTIVO DE GRANDES ALMACENES (B.O.E. 7.10.2017). 



A tales efectos y, por unanimidad, se procede a aprobar las nuevas tablas (artículo 22 del Convenio) con efectos del 01/01/2019: 



Respecto al incremento salarial variable para el 2019, se acordó esperar a los datos definitivos del INE, momento en el que nos volveremos a reunir para determinar dicho incremento adicional 


De todo cuanto acontezca en las próximas reuniones, os mantendremos informados. 


PARA CUALQUIER CONSULTA O ACLARACIÓN, NO DUDES EN DIRIGIRTE A LOS DELEGADOS DE UGT 


UGT MANO A MANO, POR TUS DERECHOS
TÚ ELIGES.ELIGE UGT

UGT Cantabria promueve elecciones sindicales de carácter parcial en Carrefour Peñacastillo

UGT Cantabria promueve elecciones sindicales de carácter parcial en Carrefour Peñacastillo:

UGT hace cumplir la aplicación del SMI para los contratos formativos en Carrefour Hipermercados

UGT hace cumplir la aplicación del SMI para los contratos formativos en Carrefour Hipermercados:

Noticia de GRANDES ALMACENES | CARREFOUR Servicios para la Movilidad y el Consumo de la UGT

EXENCIÓN EN IRPF DE LAS PRESTACIONES O RETRIBUCIONES POR MATERNIDAD/PATERNIDAD

 Agencia Tributaria

La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) fija como doctrina legal que “Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”. Por otra parte, el Real Decreto-ley 27/2018, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria y catastral, ha modificado la redacción de la letra h) del artículo 7 de la Ley 35/2006, del IRPF, para contemplar expresamente la exención de: - Las prestaciones por maternidad o paternidad percibidas del régimen público de la Seguridad Social. - Las prestaciones por maternidad o paternidad percibidas de las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, con el límite de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por estos conceptos. - La retribución percibida durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad, por los empleados públicos encuadrados en un régimen de Seguridad Social que no de derecho a percibir prestación de maternidad o paternidad, con el límite de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. Esta modificación legal produce efectos desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 27/2018 (30 de diciembre de 2018) y para ejercicios anteriores no prescritos. Para la aplicación de esta exención pueden distinguirse los siguientes supuestos: 

1. Prestaciones/retribuciones percibidas durante el año 2018: 
En la próxima campaña de renta los contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan. El programa de ayuda Renta WEB ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones/retribuciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles. Agencia Tributaria 


 2. Prestaciones/retribuciones percibidas en los años 2014, 2015, 2016 y 2017: Los contribuyentes podrán solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF en las que hubiesen incluido tales rentas. Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año. Se ha habilitado un formulario específico para facilitar la solicitud, disponible en la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es), en el que la persona perceptora de la prestación o retribución deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido la renta y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda. No es necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social, de la Mutualidad de previsión social o de la entidad pagadora, acreditativo de las prestaciones o retribuciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente del pagador toda la información precisa para la resolución del procedimiento. El formulario puede presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria utilizando el sistema RENØ (número de referencia para servicios de renta), Cl@vePIN o Certificado electrónico. El número de referencia (RENØ) puede solicitarse en el portal de la AEAT en Internet indicando los siguientes datos: - Número de DNI y su fecha de validez. - Casilla 450 de la declaración de la renta de 2016 o los últimos cinco dígitos de alguna cuenta bancaria en la que el interesado figure como titular, si no presentó declaración de la renta de 2016. Alternativamente, podrá utilizarse el formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de registro de la AEAT, si bien no es válido el uso de este formulario para hacer constar datos no contemplados en el mismo, ya que no resulta posible el tratamiento informatizado de esos datos adicionales. En ese supuesto deberá sustituirse el uso de este formulario por un escrito en el que se describan detalladamente las circunstancias concurrentes, acompañado, en su caso, de la correspondiente documentación.

3. Solicitudes previamente presentadas que se encuentren pendientes de resolución de un recurso o reclamación. 
La aplicación de la exención corresponderá al órgano que esté conociendo del recurso o reclamación, sin que sea precisa la presentación de ninguna solicitud adicional.