viernes, 19 de junio de 2020

Orden del día HIPERMERCADOS CARREFOUR JUNIO 2020



1) INCENTIVOS GENERALES
2) DESCANSO ADICIONAL
3) TRABAJADORES CON JORNADA PARCIAL
.- Acuerdo Consolidación de Jornada
.- Retribución Mensual
4) PREVENCIÓN
.- Temperaturas en las Tiendas
.- Fuentes de Agua
5) DIGITALIZACIÓN FIRMA NUEVOS CONTRATOS
6) HORARIOS COMERCIALES
7) FINANZAS Y SEGUROS
8) COVID19
9) COMPLEMENTO NIVEL (FORMATIVOS)
10) INFORMACIÓN SOLICITADA POR EL COMITÉ INTERCENTROS

 FORMACIÓN
.- Ratificación Acuerdo Formación Presencial (16/06/2020)
.- Adecuación Programa Formativo en Cajas (sistema informático)
.- Financiaciones y equipos para realizarlas (textil / bazar)
• Comisiones Delegadas Comité Intercentros
• Proyecto A TOPE no-alimentación (Referente)
• ICM
• Certificado AENOR
• Evolución Hubs Administrativos
• Contrataciones periodo estival.

11) PUNTOS PRESENTADOS POR LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA

jueves, 4 de junio de 2020

UGT consigue un acuerdo en el conflicto con LIDL, garantizando el derecho a la salud de toda su plantilla


La empresa ejecutará las medidas preventivas por el Covid-19, que consensuamos con el Ministerio de Industria, Turismo y comercio para su aplicación a todo el sector.
Larga jornada de negociación la que se ha desarrolló ayer entre la dirección de la empresa y la representación legal de los trabajadores.
Son muchos los temas que nos inquietaban y que, viendo pasar el tiempo, y que la mayoría de ellos no se resolvían o, al menos, que no se resolvían con la celeridad necesaria, nos abocó a una situación de confrontación.
En algunas materias, el paso del tiempo no deja de ser frustrante para los trabajadores y trabajadoras, pero en otras materias, como las referentes a la protección del derecho a la salud, el paso del tiempo, en estos momentos, se traduce en un peligro inminente que no podíamos asumir de ninguna de las maneras.
– DERECHO A LA SALUD. Así pues, ha sido la adopción de las medidas preventivas en la nueva realidad que afrontamos, nuestro bastión principal en la lucha. De esta forma llegábamos a última hora de la tarde a un principio de acuerdo que recoja las recomendaciones que en materia de salud laboral y preventiva, hemos consensuado con el gobierno, dejando claro que cualquier problema o cuestión que se suscite al respecto, deberá de ser atendida de acuerdo a la Guía de Buenas Prácticas de los establecimientos comerciales editada por el Ministerio de Comercio, extendiendo la protección y la prevención no solo al plazo temporal de la desescalada, sino a todo el tiempo que sea preciso según los dictámenes de las autoridades sanitarias. De esta forma el control del aforo realizado por personal externo (vigilantes, ETT) para esa función, protocolos del textil, etc, serán una realidad.
Pero no era nuestra única reivindicación, aunque sí la que más apremiaba.
– REGULARIZACIÓN DE JORNADA PARA LOGÍSTICA. Fijada reunión de carácter inminente para resolver el déficit de horas que se han generado con la implantación de los bloques horarios en las plataformas logísticas, de manera que no sean todas a cuenta del trabajador. En el caso de tiendas, se estará a dos liquidaciones de los saldos de horas, incluyendo los meses de enero y febrero, aun cuando no existían los efectos de la pandemia.
– CONSOLIDACIÓN DE LAS HORAS COMPLEMENTARIAS. Sin demora y en los términos más beneficiosos que establecía el convenio colectivo (media Hcom realizadas en 2018 y 2019 más el cierre de horas de diciembre de 2019).
– IGUALDAD DE CONDICIONES PARA TODA LA PLANTILLA LIDL. El comportamiento de la empresa que pretendía diferenciar a trabajadores de primera o de segunda dependiendo de su lugar geográfico de residencia ha sido la gota que colmaba el vaso. La firma de acuerdos con un solo sindicato autonómico en País Vasco, para el tratamiento de algunas cuestiones que son materia de convenio, mientras está abierta la negociación de un convenio estatal, (negociación en la que está ese sindicato), es una clara falta de respeto al resto de trabajadores y trabajadoras.
Así pues, el reconocimiento del convenio estatal de LIDL como herramienta reguladora de las condiciones laborales de todos los trabajadores y trabajadoras, conlleva a que ningún acuerdo podrá ser firmado con condiciones que sean superiores a lo contenido en dicho convenio, defendiéndose en todo momento la igualdad de condiciones para todos los trabajadores y trabajadoras de Lidl.
De todos los pormenores del acuerdo, os daremos puntual traslado en las próximas horas.
Desde UGT consideramos estos logros de gran calado, ya que garantizan, por encima de todo, la salud, y las condiciones laborales contenidas en el convenio, aunque sigue habiendo temas sobrevenidos por la afectación de la pandemia en nuestras vidas, que deben de ser abordados en mesa de negociación con la calma y sosiego suficientes para dar una respuesta a nuestros compañeros y compañeras, teniendo muy en cuenta el marco social y económico que nos ha dejado la pandemia y cuyos efectos, en todos los sentidos, han sido demoledores.

El TS da la razón a UGT sobre permisos por matrimonio, nacimiento, enfermedad y fallecimiento

El permiso por matrimonio y los permisos por nacimiento, enfermedad y fallecimiento empezaran a computar el primer día laborable siguiente al hecho causante, en Sentencia que afecta, de entrada, a las Empresas de Trabajo Temporal.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en Sentencia de 17 de marzo de 2020, ha dado la razón a FeSMC-UGT, al dictaminar que el cómputo del permiso por matrimonio se debe iniciar el primer día laborable inmediato siguiente, cuando el matrimonio se celebre en día no laborable para el trabajador.
Aunque la Sentencia del Alto Tribunal se pronuncia sobre un precepto concreto del Convenio Colectivo estatal de las Empresas de Trabajo Temporal (que regula los permisos retribuidos), sin embargo la interpretación que se hace del permiso por matrimonio resulta extrapolable al art. 37.3.a) del Estatuto de los Trabajadores, ya que su redacción es similar.
Esta resolución judicial crea jurisprudencia (existe otra Sentencia anterior del Tribunal Supremo de 13 de febrero de 2018, del sector contact center), y viene a corregir el criterio mantenido por la Audiencia Nacional, que diferenciaba entre “permisos cortos y largos”, otorgando un tratamiento diferente en cuanto a la fecha de su disfrute, considerando que el permiso por matrimonio se debía computar siempre desde la fecha de celebración, aunque fuera en un día no laborable para el trabajador.
La Sentencia desestima el recurso de casación de la asociación empresarial ASEMPLEO, que mantenía que el resto de permisos retribuidos (por nacimiento de hijo, enfermedad, etc) debían computarse desde el momento del hecho causante (fuera o no día laborable para el trabajador), y viene a unificar el criterio de inicio del cómputo para todos los permisos retribuidos del art. 37.3 del Estatuto de los Trabajadores.
Desde FeSMC-UGT nos congratulamos de esta resolución judicial, que anticipa el Fallo de dicho Tribunal en otros dos procedimientos pendientes de casación sobre este mismo asunto y que afectan a los convenios colectivos de Consultoría y de Empresas de Ingeniería, cuyas sentencias serán notificadas en los próximos días.

domingo, 12 de abril de 2020

Las empresas tienen que garantizar condiciones seguras y saludables para reanudar la actividad



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“Ningún centro de trabajo que no pueda garantizar los protocolos de seguridad debe retomar la actividad”
UGT y CCOO defienden que solo se puede reanudar la actividad si se hace en condiciones plenamente seguras y saludables, tanto en el transporte para ir a trabajar a la empresa como en el centro de trabajo.
Las dos organizaciones sindicales llevan varios días trabajando en protocolos de seguridad en los distintos sectores productivos. También han conocido las guías de prácticas recomendadas en los centros de trabajo, que ha editado el Gobierno. Estas medidas se han ido definiendo tanto para los sectores que no han cesado su actividad -los esenciales-, como para los que aún faltan semanas o meses para que recuperen su actividad. En ningún caso suponen un acuerdo con los sindicatos, sobre cómo y en qué plazos se debe recuperar la actividad, decisión en la que las autoridades sanitarias son las únicas que tienen la responsabilidad y datos para justificar una decisión.
Para UGT y CCOO, estas recomendaciones, siendo garantistas, son de difícil aplicación en la gran mayoría de centros de trabajo de nuestro país, por lo que exigen que, ante cualquier duda, se priorice el criterio de seguridad y no se retome la actividad.
Por otro lado, la seguridad de las personas trabajadoras no depende sólo de las condiciones en el puesto de trabajo, sino en el desplazamiento al mismo así como en los accesos. Estas cuestiones son difíciles de definir en las negociaciones entre empresas y sindicatos, y por ello las organizaciones sindicales estarán vigilantes a partir de mañana.
Por estas razones, para  UGT y CCOO, todas aquellas empresas y centros de trabajo que no estén en disposición de garantizar esas medidas de seguridad, no deben incorporarse a la actividad.
Ambos sindicatos recuerdan que las empresas deben adoptar las medidas organizativas y proveer de los medios necesarios para que las personas trabajadoras puedan protegerse y garantizar la distancia interpersonal porque nadie puede hacer elegir a los trabajadores y trabajadoras entre trabajar seguros o tener dificultades para mantener su empleo.
Los comités de empresa, las delegadas y delegados de personal y de prevención de las empresas van a estar a pleno rendimiento para garantizar esas condiciones. Y en las empresas donde no hay representación sindical, los empresarios tendrán que extremar las precauciones, seguir las guías (tanto generales como sectoriales) publicadas por el Gobierno y ambos sindicatos, y garantizar la salud y seguridad. Y la Inspección de Trabajo tiene que extremar su control.
Las trabajadoras y trabajadores deben exigir estas medidas y pueden dirigirse a UGT y CCOO para denunciarlo, o también ante la Inspección de Trabajo.


GUIA PRACTICA ANTE EL RETORNO AL TRABAJO COVID-19

martes, 31 de marzo de 2020

Cilleros traslada a la ministra Maroto la necesidad de ser más exigentes con la prevención en supermercados y grandes superficies

El secretario general de FeSMC-UGT, Miguel Ángel Cilleros, se ha dirigido hoy –por escrito– a la titular del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, para trasladarle la preocupación del Sindicato por la situación que se vive en el comercio de alimentación y grandes superficies, cuyos trabajadores y trabajadoras están siendo uno de los colectivos más expuestos al contagio por Covid-19.
La no adopción de medidas de protección en los primeros momentos en que se da a conocer  la crisis sanitaria (conviene recordar que algunas cadenas de supermercados no limitaron su aforo hasta el quinto día desde que se decreta el estado de alarma), las avalanchas que se sucedieron en ese tiempo, la sobreexposicion llevada a sus límites en las interminables jornadas de trabajo para garantizar el abastecimiento de toda la ciudadanía y la escasez de material de protección directo (como las preceptivas mamparas), han generado un caldo de cultivo que está teniendo consecuencias en el momento presente.
En este sentido, se le ha trasladado a la ministra que las empresas no están facilitando los datos globales de afectación de trabajadores y trabajadoras, “pero nuestra presencia, como Organización, en los centros de trabajo nos acerca a la realidad de los positivos por tienda. Los protocolos instaurados por muchas empresas han llegado tarde, eso ya no podemos arreglarlo, y en estos días están empezando a dar la cara los contagios fruto de esa inoperancia, pero es que, la protección, sigue sin ser una realidad plena”.
Además, la desinfección del entorno del centro comercial se está realizando, en la mayoría de los casos, a cargo de las propias plantillas, con herramientas muy básicas y con el centro abierto al público.
Por todo ello, el secretario general de FeSMC-UGT solicita a la ministra que se considere al colectivo de trabajadores y trabajadoras del comercio de alimentación y grandes superficies como un colectivo de riesgo y se articulen las medidas oportunas para que el derecho a la salud se vea cumplido, pues “solo así podrán desempeñar la función social y esencial a la que están sirviendo”.
En definitiva, UGT entiende que deben tomarse todas las medidas y cumplir de manera exigente con las ya adoptadas para que las grandes superficies y supermercados sean espacios seguros para trabajadores y clientes, más aún cuando estos centros tienen una afluencia continua de personas que, sin las medidas preventivas y de higiene adecuadas, quedan expuestas a la posibilidad de un contagio.

UGT y CCOO solicitan la limitación de horarios comerciales, especialmente en días festivos

31/03/2020

Los sindicatos UGT y CCOO han trasladado hoy a la Ministra de Industria, Turismo y Comercio, Reyes Maroto, la necesidad de limitar horarios comerciales en el actual contexto de lucha contra el COVID-19 y mientras dure el estado de emergencia.
En carta firmada por los secretarios generales de las federaciones de servicios de ambas organizaciones sindicales, éstos apelan al espíritu del actual marco normativo tras la aprobación, el pasado domingo, 29 de marzo, del nuevo Real Decreto-Ley de Estado de Alarma con el fin de reducir, aún más, la movilidad de la población.
Por esta razón, y teniendo en consideración la suspensión de actividades comerciales no incluidas en el apartado 1 del artículo 10 del citado RD de Estado de Alarma, CCOO y UGT creen “que deben abordarse por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y del Gobierno, los términos de aplicación presentes y concretos de la Ley horarios comerciales, para los establecimientos comerciales cuya apertura se haya definido bajo principios de abastecimiento esencial, justamente para definir sus horarios de apertura en base a dichos principios y a la limitación de permanencia de los clientes en estos centros” en una situación de emergencia sanitaria, estado de alerta y confinamiento de la población.
Ambos sindicatos entienden que, también, debe suspenderse la regulación de las Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) “pues carece de sentido en una situación como la actual, incluyendo, a corto plazo, lo referente al periodo de Semana Santa”.
Para UGT y CCOO debe ser compatible la garantía de acceso a productos básicos con la seguridad y salud de las plantillas y, por extensión, de la ciudadanía. En este sentido, “recientes normativas liberalizadoras en determinadas CCAA son inconvenientes en el actual contexto y podrían tener un efecto llamada justo en el momento de mayor confinamiento de la población”. Por tanto, y en la idea de corregir contradicciones, “creemos que deben restringirse y racionalizarse los horarios de atención en supermercados y grandes superficies comerciales durante los días festivos”.

jueves, 20 de febrero de 2020

Celebrem la derogació de l’acomiadament per baixes mèdiques justificades


La modificació de l’article 52 de  dels Treballadors ha permès l’acomiadament de molts treballadors i treballadores per faltes d’assistència al treball intermitents fins i tot si són justificades.És a dir, des de la reforma laboral del 2012, si en un període de dos mesos un treballador o treballadora agafava un refredat i havia d’estar-se quatre dies de baixa i, amb posterioritat, tenia mal d’esquena i es veia obligat a fer repòs durant cinc dies per prescripció mèdica, quan tornava a la feina corria el perill de ser acomiadat o acomiadada. Això que ens sembla una anormalitat -ningú no hauria de ser castigat pel fet de posar-se malalt o malalta- ha estat la realitat de la nostra legislació laboral dels darrers anys, que reforma rere reforma ha anat minvant els drets dels treballadors i les treballadores per ampliar els ja extensos drets empresarials. A més, tot i que semblava obvi que aquest precepte vulnerava l’essència de l’Estatut dels Treballadors, el Tribunal Constitucional va avalar aquesta mesura el passat 16 d’octubre, considerant l’apartat d) de l’article 52 concorde a la Constitució espanyola.
Durant els seus anys de vigència aquest article ha castigat els treballadors i les treballadores pel simple fet de posar-se malalts i malaltes, fent possible que es sancionés de manera clarament excessiva les absències motivades per causa de salut i deixant en mans de l’empresari un poder desmesurat. Aquest precepte ha penalitzat de manera clara el dret a la salut dels treballadors i les treballadores, el dret a la seva recuperació i el dret al treball, ja que sense causa imputable se li podia extingir la seva relació laboral. A més de discriminar i estigmatitzar a les persones malaltes. Però sobretot ha castigat els col·lectius més vulnerables del mercat laboral. La modificació de l’article 52 s’ha acarnissat sobretot amb les treballadores, d’edat avançada i, sobretot, del sector serveis. Aquests acomiadaments s’han multiplicat amb la sentència del Tribunal Constitucional; només cal veure els casos d’Atento, KTO (més d’un centenar d’acomiadaments), H&M, etc.
Fa anys que assistim a l’obsessió per l’absentisme per part de les patronals, intentant criminalitzar els treballadors i les treballadores, intentant manipular les dades d’absentisme incloent vacances, vagues, hores sindicals, permisos retribuïts i baixes mèdiques. En un país amb dades de sinistralitat laboral inacceptables (729 persones mortes a l’Estat, 83 a Catalunya, i 65 fins al setembre de 2019), sense comptar la multitud de malalties d’origen laboral que pateixen els treballadors i les treballadores i que no són declarades, cal que les empreses treballin per acabar amb la xacra social de la sinistralitat laboral, motiu pel qual perden la vida o emmalalteixen de per vida milers de treballadors i treballadores a causa de les males condicions de treball i de la falta de mesures de prevenció, en lloc de dedicar-se a estudiar i comptabilitzar refredats o dolors d’esquena per acomiadar-nos.
És hora de centrar el discurs, els esforços i les polítiques en la creació de llocs de treball segurs, saludables i amb drets i que s’acabi amb la precarietat i l’explotació laboral d’una vegada per totes, en lloc de centrar-nos en criminalitzar a aquelles persones que han d’agafar la baixa pel seu mal estat de salut.
És hora de derogar les reformes laborals que des de la UGT fa temps que exigim, i que han atorgat més poder per a l’empresari i menys drets o eliminació dels mateixos per a les persones treballadores, precisament la part més feble de la relació laboral.

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Sección Sindical UGT Carrefour Peñacastillo: MANUAL PARA LA GESTIÓN DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALE...: Bájate el diptico_prl_grandes_almacenes Bájate el manual_gestion_psicosociales_grandes_almacenes

Sección Sindical UGT Carrefour Peñacastillo: SUBIDA SALARIAL 2020 EN GRANDES ALMACENES

Sección Sindical UGT Carrefour Peñacastillo: SUBIDA SALARIAL 2020 EN GRANDES ALMACENES: AL IGUAL QUE EN LOS AÑOS ANTERIORES (2018/2019} Y EN APLICACIÓN DEL INCREMENTO SALARIAL RECOGIDO EN EL ARTICULO 24.1 DEL CONVENIO COLECTI...

Sección Sindical UGT Carrefour Peñacastillo: HOJA INFORMATIVA REUNIÓN ORDINARIA DEL C.I. CON LA...

Sección Sindical UGT Carrefour Peñacastillo: HOJA INFORMATIVA REUNIÓN ORDINARIA DEL C.I. CON LA...: El día 13 de febrero de 2019, tuvo lugar una reunión ordinaria del CI junto con la Empresa Carrefour Hipermercados. Pasamos a detallar los p...

viernes, 7 de febrero de 2020

El Gobierno acepta la reivindicación de UGT para que la ciudadanía no costee el nuevo proceso de reantenización

UGT ya logró en 2014 que el Gobierno del Partido Popular asumiera los costes de re-antenización derivados de dividendos digitales
El anuncio del Secretario de Avance Digital, D. Francisco Polo, realizado en el día de hoy en el marco del XXXII Encuentro de Economía Digital y las Telecomunicaciones que se celebra en Santander, y en donde confirma que los próximos Presupuestos Generales del Estado incorporarán ayudas destinadas a costear el próximo proceso de resintonización de la TDT, cumple con las exigencias realizadas por el Sindicato durante todo este proceso.
Así, tanto en la Consulta Pública realizada sobre este segundo dividendo digital como en los diversos contactos mantenidos con la anterior Secretaria de Estado para la Sociedad de la Información y Agenda Digital (SESIAD) y con la actual Secretaría en su nueva denominación, UGT Comunicacionesinstó al legislador a continuar con el sistema de ayudas públicas instaurado en el primer dividendo digital, al entender que la ciudadanía no podía, ni debía, soportar el coste de reantenizar sus dispositivos cuando se trataba de un proceso en el que el Tesoro Público había recaudado miles de millones de euros.
De hecho, UGT Comunicaciones hizo llegar al Gobierno sus tres principales reclamaciones (gratuidad para los ciudadanos de los costes de re-antenización, cierre de la Brecha Digital usando el Servicio Universal de Comunicaciones, creación de empleo de calidad en el Sector, gracias a los compromisos de inversión que deben incluirse entre las obligaciones de la licitación), cumpliéndose con este anuncio la primera de nuestras reclamaciones. UGT Comunicaciones se compromete a seguir defendiendo la necesidad de usar este segundo dividendo digital para cerrar la Brecha Digital que sufre nuestro país y a mejorar el empleo sectorial como consecuencia del despliegue del futuro 5G.
Se trata de la segunda vez en la que UGTComunicaciones logra que un Gobierno – en 2014 el PP[1], en esta ocasión el PSOE- asuma que los costes de re-antenización derivados de dividendos digitales vayan contra la cartera de la ciudadanía. Gracias a esta intervención, 11 millones de hogares y más de 16 millones de ciudadanos españoles no tendrán que pagar de su bolsillo el cambio de frecuencias de la TDT en sus casas. Esta acción se enmarca en los compromisos de utilidad pública, defensa del mercado laboral y colaboración en la mejora de la economía nacional que definen la estrategia del sindicato.
Enlace de interés: 

miércoles, 5 de febrero de 2020

Devolución importes retraídos por IT año 2019


COMPLEMENTO INCAPACIDAD TEMPORAL 

Se procederá al abono de la cuantía correspondiente a la retribución de los tres primeros días de IT para aquellos trabajadores que durante el año 2019 han contado con una sola baja laboral en la nómina del mes de enero de 2020, recordando  la empresa que para su percibo por el trabajador es requisito que no se haya producido más que un proceso de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral en el año natural.


CONSOLIDACIÓN JORNADA TIEMPOS PARCIALES





Según el acuerdo de consolidación de jornada de tiempos parciales firmado en el intercentros de abril de 2018 los contratados a tiempo parcial pueden acceder al consolidar parte de su jornada ampliada.

Esta consolidación consiste en  el 20% del promedio de las horas ampliadas  efectuadas en dos años durante tres años consecutivos a partir del 01/01/2017 siempre que se alcance un mínimo de 20 horas, tomando como referencia la fórmula de consolidación de horas complementarias que recoge el  Convenio Colectivo de Grandes Almacenes


Para el cálculo del promedio a consolidar se eliminará el año de más horas, del período de tres.

El derecho a la consolidación se producirá cada tres años.

Podrá consolidarse el 25% de las horas realizadas  en domingo o festivo y la ampliación quedará necesariamente vinculada a su utilización para trabajar en domingo o festivo.
La consolidación tendrá efectos desde el primer día del mes siguiente al la petición del trabajador y conlleva la adaptación de la nueva jornada consolidada en cómputo anual.
Estamos a vuestra disposición para ayudaros en la petición y gestión

ORDEN DEL DÍA HIPERMERCADOS CARREFOUR 13/02/2020


ORDEN DEL DÍA HIPERMERCADOS CARREFOUR 13/02/2020
1)   PUNTOS PENDIENTES
Proyecto A TOPE (Referente)
Revisión Nuevas tareas funcionamiento estaciones de servicios
2)   SALARIOS TRABAJADORES FORMATIVOS
3)   COMPLEMENTO DE PUESTO POR SUSTITUCIÓN
4)   FUNCIONALIDADES DEL PORTAL DEL EMPLEADO
5)   POOL ADMINISTRATIVOS
6)    INVENTARIOS
7)    FUNCIONES ADICIONALES DE ACOMPAÑAMIENTO CLIENTES
8)    COMISIONES DELEGADAS DEL COMITÉ INTERCENTROS
9)    INFORMACIÓN SOLICITADA POR EL COMITÉ INTERCENTROS
10) PUNTOS PRESENTADOS POR LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA