lunes, 22 de febrero de 2016

Incapacidad temporal y reposo domiciliario.

Incapacidad temporal y reposo domiciliario.

Se enviará recordatorio a los centros del acuerdo alcanzado con el comité en fecha 28 de septiembre de 2011 en relación con el tratamiento de la IT en el caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, recordando que cuando el reposo domiciliario sea prescrito tras intervención quirúrgica por razón de enfermedad grave, el abono de hasta los tres primeros días de la situación de IT que lleve aparejado recibirá el mismo tratamiento que en los casos de hospitalización.


Se informa de la problemática  que hay determinadas 

regiones en que los facultativos no emiten parte de baja/alta 

durante los tres primeros días de la IT, algo que será  

estudiado por la dirección y se dará respuesta en la siguiente

reunión.