Incapacidad temporal y reposo domiciliario.
Incapacidad temporal y reposo domiciliario.
Se enviará recordatorio a los centros del
acuerdo alcanzado con el comité en fecha 28 de septiembre de 2011 en relación
con el tratamiento de la IT en el caso de intervención quirúrgica sin
hospitalización que precise reposo domiciliario, recordando que cuando el
reposo domiciliario sea prescrito tras intervención quirúrgica por razón de
enfermedad grave, el abono de hasta los tres primeros días de la situación de
IT que lleve aparejado recibirá el mismo tratamiento que en los casos de
hospitalización.
Se informa de la problemática que hay determinadas
regiones en que los facultativos no emiten parte de baja/alta
durante los tres primeros días de la IT, algo que será
estudiado por la dirección y se dará respuesta en la siguiente
reunión.