martes, 7 de agosto de 2012

Reunión 6 de agosto de 2012 Carrefour GV2


Como os comentábamos en la nota anterior ya hemos tenido la reunión, sin que se haya añadido ningún nuevo dato que nos aporte luz....

MODIFICACIÓN CALENDARIOS LABORALES

La empresa nos ha comunicado que a lo largo de esta semana y la que viene se procederá a la entrega de los nuevos calendarios, que finalizarán el 31 de diciembre del 2012, a los afectados, esperando a la reincorporación de los trabajadores que estén de vacaciones para su comunicación.

Seguimos manifestando que nos falta información y que deberíamos tener acceso a los horarios modificados para poder valorar su corrección. Os pasamos esta nota sobre la próxima comunicación de los cambios, efectos y  posibilidades jurídicas

Nota aclaratoria sobre el procedimiento seguido en la aplicación 
del Art. 41 E.T.

I. La decisión empresarial  es  ejecutiva, ES DECIR SE TIENE QUE cumplirse EL NUEVO HORARIO.

II. La decisión sobre la modificación colectiva de las condiciones de trabajo será notificada por el empresario a los trabajadores y surtirá efectos en el plazo de los siete días siguientes a su notificación.

III. Ante el nuevo horario podemos

1. Aceptar la modificación.
2. Impugnar la modificación ante la jurisdicción social.
3.Rescisión con indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.
4. Solicitud de extinción ante la jurisdicción social con indemnización de 45 días por año si comporta  el menoscabo de la dignidad del trabajador.

Se puede firmar NO CONFORME, con independencia de que luego se decida denunciar o no.

Acude a tus delegados de la UGT para mayor información
Contacta con nosotros para REVISAR tus modificaciones