miércoles, 25 de abril de 2018
Sección Sindical UGT Carrefour Peñacastillo: ACUERDO DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES ...
Sección Sindical UGT Carrefour Peñacastillo: ACUERDO DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES ...: NO al Acuerdo #Recuperar derechos Acuerdo de Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo en Carrefour 22/03/2018
viernes, 13 de abril de 2018
Incremento Salarial Variable 2018
SINDICATO FEDERAL DE GRANDES ALMACENES
Incremento Salarial Variable 2018
Madrid, 13 de abril de 2018
En este mes de abril ha sido publicado el esperado dato del ICM. Dato este fundamental para calcular el incremento salarial variable anual en función de la evolución de las ventas, a aplicar en las nóminas de los trabajadores del sector.
El Convenio Colectivo de GGAA nos marca que esta subida se calcula realizando la diferencia numérica del dato de dicho año respecto al promedio de los dos años anteriores, y aplicando el dato resultante sobre las tablas salariales del art.22.
Así pues, en base a lo recogido en Convenio:
ICM año 2015=85´52, ICM año 2016=88´64 Media de ambos seria 87´08
ICM año 2017=90´02, por lo que si realizamos la media entre esos años, el porcentaje para calcular el incremento salarial variable es de 2´94.
Aplicando esta última cifra a la tabla del Convenio, el resultado queda fijado en la siguiente franja del escalado, 2´51 a 3, y por lo tanto, la subida del variable para este año será del 1%.
Si a esta subida, le sumamos el incremento salarial fijo de un 1% a primeros de año, obtendremos una subida del 2% para este año, que sumada a la subida del 2´5% del año pasado, nos proporciona en los dos primeros años de vigencia de este Convenio, una subida de un 4´5%.
Sin duda, este incremento salarial representa una muy buena noticia para los trabajadores de Grandes Almacenes después de años de sacrificio, castigados por un Convenio (2013-2016) firmado únicamente por otros sindicatos no de clase.
Recordar que esta subida será aplicada una vez se presente y apruebe por la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de GGAA.
Incremento Salarial Variable 2018
Madrid, 13 de abril de 2018
En este mes de abril ha sido publicado el esperado dato del ICM. Dato este fundamental para calcular el incremento salarial variable anual en función de la evolución de las ventas, a aplicar en las nóminas de los trabajadores del sector.
El Convenio Colectivo de GGAA nos marca que esta subida se calcula realizando la diferencia numérica del dato de dicho año respecto al promedio de los dos años anteriores, y aplicando el dato resultante sobre las tablas salariales del art.22.
Así pues, en base a lo recogido en Convenio:
ICM año 2015=85´52, ICM año 2016=88´64 Media de ambos seria 87´08
ICM año 2017=90´02, por lo que si realizamos la media entre esos años, el porcentaje para calcular el incremento salarial variable es de 2´94.
Aplicando esta última cifra a la tabla del Convenio, el resultado queda fijado en la siguiente franja del escalado, 2´51 a 3, y por lo tanto, la subida del variable para este año será del 1%.
Si a esta subida, le sumamos el incremento salarial fijo de un 1% a primeros de año, obtendremos una subida del 2% para este año, que sumada a la subida del 2´5% del año pasado, nos proporciona en los dos primeros años de vigencia de este Convenio, una subida de un 4´5%.
Sin duda, este incremento salarial representa una muy buena noticia para los trabajadores de Grandes Almacenes después de años de sacrificio, castigados por un Convenio (2013-2016) firmado únicamente por otros sindicatos no de clase.
Recordar que esta subida será aplicada una vez se presente y apruebe por la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de GGAA.
SEGUIREMOS INFORMANDO
UGT MANO A MANO, POR TUS DERECHOS
COMPLEMENTO SALARIAL NO CONSOLIDABLE 2018
Art 24.2. Incremento
variable anual en función de evolución de ventas del sector.
En función del dato de consumo anual en
Grandes Superficies, medido como Índice de Comercio al por Menor en Grandes
superficies General, base 2010, una vez deducido el efecto inflación (precios
constantes), que el Instituto Nacional de Estadística facilita anualmente al
Ministerio de Economía, los trabajadores percibirán, una vez se conozca el dato
del año anterior (media de enero a diciembre) y en función de la diferencia numérica
del dato de dicho año respecto al promedio de los dos años precedentes, un
complemento salarial variable y no consolidable, por el importe resultante de
la aplicación del siguiente cuadro, calculado sobre las Tablas salariales del
artículo 22.
El complemento variable, se calculará cada año sobre las tablas
salariales del artículo 22 vigentes en diciembre del año anterior.
En 2018 se aplicará lo que
corresponda en función de la diferencia numérica positiva entre el índice anual
en cuestión correspondiente al año 2017 (90,02), y la media del índice de los
años 2015 (85,52) y 2016 (88,64), que es del (87,08).
0,5 a 1: 0,20 %.
1,01 a
1,5: 0,40 %.
1,51 a 2: 0,60 %.
2,01 a 2,5: 0,80 %.
2,51 a 3:
1,00 %.
3,01 a 3,5: 1,20 %.
3,51 a 4: 1,40 %.
4,01 a 4,5: 1,60 %.
4,51 a 5: 1,80 %.
De 5,01 en adelante: 2,00 %.
complemento no
consolidable
|
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|
año
|
hora
|
base
|
143,00 €
|
0,07953 €
|
profesional
|
147,29 €
|
0,08192 €
|
coordinador
|
160,54 €
|
0,08929 €
|
los tiempos
parciales deben hacer
|
|||
el cálculo sobre su jornada
|
|
||
ejemplo
|
|
|
|
|
importe anual por
horas
|
||
jornada
|
1678
|
1360
|
1210
|
base
|
133,46
€
|
108,16 €
|
96,23 €
|
profesional
|
137,46
€
|
111,41 €
|
99,12 €
|
coordinador
|
149,83
€
|
121,44 €
|
108,04 €
|
¿HA CAMBIADO EL INICIO DEL DISFRUTE DE LAS LICENCIAS RETRIBUIDAS PARA TOD@S LOS TRABAJADORES?
En el blog de JMCASERO al completo
pincha enlace
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¿ha cambiado el inicio del disfrute de las licencias retribuidas para tod@s l@s trabajadores/as?
Aunque la sentencia ha sido dictada en relación al sector de “ContactCenter”, el criterio que sienta puede resultar aplicable a todos los sectores y convenios, por tener su origen en la interpretación de lo dispuesto en el artículo 37.3 E.T. en relación a los permisos retribuidos, y es realizada por el Tribunal Supremo, sin tener presentes las circunstancias particulares del sector referido.
¿Y si no me conceden el inicio del disfrute de la licencia en el primer día Laborable?
La doctrina es susceptible de ser considerada y extendida en la interpretación de los convenios vigentes por lo que cabe interponer demanda judicial individual en aquellos supuestos en que no se concedieran los permisos retribuidos en la interpretación ofrecida por el Tribunal Supremo (el díes a quopara el cómputo es el primer día laborable).
viernes, 6 de abril de 2018
Comité Intercentros Carrefour Hipermercados DE 5 DE ABRIL 2018
TIEMPOS PARCIALES
Hemos alcanzado dos
acuerdos de vital importancia para este colectivo que representa la mayoría de
los compañeros contratados en la empresa.
1
|
.Inventarios
parceles de PFT y Electro e inventarios Generales
Se
retribuirán con el
30% de incremento del valor de la hora, en retribución económica o compensación en tiempo
libre a ELECCIÓN DEL TRABAJADOR.
Se reconoce el
derecho desde el 1 de enero de 2018, con lo que abonarán en la próxima nómina
de mayo las cantidades resultantes de los inventarios realizados-
Recordad que según
el Convenio Colectivo (art. 31)
1. La elección
entre dinero o descanso es del trabajador para todos los trabajadores sean de
tiempo parcial o a jornada completa.
2. Las trabajadoras en situación de
embarazo estarán exentas de realizar una jornada superior a la normal
contratada.
3.
Los trabajadores afectados por
reducción de jornada por guarda legal estarán exentos de modificar por esta
causa el horario de prestación de trabajo preestablecido salvo pacto en
contrario.
De todo documento que os entregue
la empresa pedir copia para evitar malos
entendidos
2
|
.Consolidación
de jornada para las contrataciones a
tiempo parcial
Teniendo en cuenta las
ampliaciones realizadas en los años 2017,
2018, 2019, a opción del trabajador se podrá consolidar un porcentaje de
jornada de forma indefinida como jornada
ordinaria de trabajo.
Esta consolidación se
ofrecerá a TODOS los trabajadores
del centro de trabajo, con independencia de la sección de pertenencia.
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