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miércoles, 29 de abril de 2015

Calendario de la campaña Renta 2014 cita previa



Inicio del servicio de petición de Cita Previa para confección de declaraciones y modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria y otras Administraciones, por Internet (24h) o llamando al 901 22 33 44 (L a V de 9 a 19h): del 6 de mayo al 29 de junio.
Inicio del servicio de confección de declaraciones y modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria y de otras administraciones (CCAA y CCLL) que colaboran en la prestación del servicio, PREVIA CITA: del 11 de mayo al 30 de junio.
Apertura de plazo para la presentación de declaraciones y borradores en papel.
Último día para presentar declaraciones y borradores a ingresar, con domiciliación bancaria.
Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas.
Último día para presentar declaraciones de Renta 2014 y de Patrimonio 2014.

martes, 3 de abril de 2012

RENTA 2011.Carrefour gv2


YA ESTÁN ENTREGANDO EL  CERTIFICADO DE RETENCIONES IRPF 2011,NECESARIO PARA HACER LA DECLARACIÓN DE RENTA , SOBRE TODO SI HABÉIS TRABAJADO EN MÁS DE UN SITIO Y RESULTA SER OBLIGATORIA SU REALIZACIÓN- PLURIEMPLEO Y/O TEMPORALES- . 

Para el ejercicio 2011-se presenta en el 2012-no están obligados a hacer la Declaración de la Renta 2011 aquellos contribuyentes que en el ejercicio de dicho año obtuvieron rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes:

 
La primera fuente se refiere a los rendimientos íntegros del trabajo con un límite de 22.000 € anuales. Sin embargo, existen cinco supuestos en los que el límite de los rendimientos del trabajo es de 11.200 €:
  • En el caso de que los rendimientos de trabajo se hayan obtenido de dos o más pagadores, siempre y cuando el segundo pagador o la suma del segundo y posteriores supere los 1.500 € anuales.
    A la hora de hacer la declaración de la renta debemos tener en cuenta que el INEM es considerado como un pagador.
  • Para aquellos contribuyentes cuyos únicos rendimientos de trabajo consisten en prestaciones pasivas procedentes de dos o más pagadores (pensiones de la Seguridad Social y clases pasivas, mutualidades, planes de pensiones) y NO se haya solicitado a la Administración Tributaria el cálculo de tipo de retención especial previsto en el artículo 89 del Reglamento del IRPF.
  • Para los casos en los que se hayan percibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, salvo que estas últimas procedan de los padres por decisión judicial.
  • Cuando el pagador de los rendimientos no esté obligado a retener, como es en el caso de las pensiones procedentes del extranjero.
  • Para el supuesto en el que se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención, como es el caso de los cursos, conferencias, miembros de consejos de administración, etc.
La segunda fuente hace referencia a los rendimientos íntegros de capital mobiliario y ganancias patrimonialessometidos a retención o ingreso a cuenta, atendiendo al límite conjunto de 1.600 € anuales.
Y por último, la tercera fuente se identifica con los rendimientos íntegros de Letras del Tesoro y subvencionesdestinadas a la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 € anuales.
Por otro lado, aquellos contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital, de actividades económicas o de ganancias patrimoniales, con un límite conjunto de 1.000 € anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a los 500 €, en ningún caso estarán obligados a realizar la Declaración de la Renta de 2011.
Es importante tener en cuenta que los límites fijados por la Agencia Tributaria, a partir de los cuales se tiene la obligación de realizar la declaración de la renta 2011, son idénticos tanto para hacer la declaración individual como para realizar una declaración conjunta.
Para determinar las cuantías anteriormente señaladas no se tomarán en consideración las rentas que estén exentasdel impuesto como es la prestación por desempleo cuando se percibe en la modalidad de pago único con el límite establecido en 15.500 € (el exceso sobre esta cantidad no se considerará renta exenta) o las prestaciones por desempleo percibidas por trabajadores con discapacidad que se conviertan en trabajadores autónomos (para este caso no se limita la cantidad).
No obstante lo anterior, están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2011 los contribuyentes que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten tal derecho.

A LOS QUE ACTUALMENTE ESTÁN PRESTANDO SERVICIOS EN EL CENTRO SE LO ESTÁ ENTREGANDO EL JEFE.

TODOS LOS QUE ACTUALMENTE NO ESTÉN PRESTANDO SERVICIOS EN CARREFOUR, PERO SÍ QUE TRABAJARON DURANTE EL 2011 TIENEN A SU DISPOSICIÓN EL REFERIDO CERTIFICADO EN EL CENTRO DE TRABAJO.

PARA MAYOR INFORMACIÓN CONTACTA CON los delegados de UGT en el centro.

PODEMOS HACERTE LA SIMULACIÓN DE TU DECLARACIÓN DE IRPF

sábado, 9 de abril de 2011

YA PUEDE CONFIRMARSE EL BORRADOR DE LA RENTA 2010

Hasta el 30 de junio (o 27 si se domicilia el pago), ya es posible confirmar el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2010 a través de medios telemáticos o telefónicos.

Según ha indicado la Agencia Tributaria, podemos adelantar nuestras gestiones de la Renta solicitandoel número de referencia del borrador o de los datos fiscales por Internet o en el 901-12-12-24, sin tener que esperar a recibir estos datos por correo en el domicilio.

Para pedir el número de referencia, se debe haber solicitado previamente el borrador o los datos fiscales y proporcionar la siguiente información:

- NIF/NIE.

- Casilla 698 de la Renta 2009.

- Número del teléfono móvil.

En estos casos, la Agencia Tributaria mandará un SMS al solicitante con su número de referencia con el que se podráconsultar, modificar y confirmar el borrador, descargar los datos fiscales al programa PADRE y presentar la declaración por Internet.

En cuanto a los contribuyentes que quieran presentar su declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, no podrán confirmarla hasta el próximo día 3 de mayo.