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martes, 14 de mayo de 2013
viernes, 15 de marzo de 2013
El Gobierno exigirá 35 años cotizados para jubilarse anticipadamente
Pedirá seis años de antigüedad en la empresa a los jubilados parciales y permitirá compatibilizar trabajo y pensión
MADRID, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno exigirá una carrera mínima de 35 años de cotización para acceder a la jubilación anticipada voluntaria y 33 años cotizados en el caso de la jubilación anticipada forzosa y también en la jubilación parcial. También ha elevado la edad para acceder a estas modalidades, en consonancia con la última reforma de pensiones.
Éstas son algunas de las medidas aprobadas este viernes por el Gobierno a través de un Real Decreto-ley. En lo que respecta a la jubilación anticipada de carácter voluntario, se eleva a 35 años el periodo mínimo de cotización exigido para acceder a esta figura, a la que podrán acogerse los trabajadores de todos los regímenes, siempre que la pensión resultante supere la pensión mínima que le correspondería al interesado por su situación familiar al cumplir los 65 años.
Además, la edad para acceder a la jubilación anticipada voluntaria se establece en dos años antes de la edad legal, es decir, 63 años y un mes para 2013, que se irá incrementándose manera progresiva, hasta alcanzar los 65 años en 2027, año en el que la edad legal de retiro alcanzará los 67 años en virtud de la última reforma de pensiones, en vigor desde el pasado 1 de enero.
Fuentes del Ministerio de Empleo han precisado que cuando todas estas medidas estén en pleno funcionamiento supondrán un ahorro de más de 5.000 millones de euros para el sistema al año. Además, han concretado que sólo las medidas referidas a la jubilación parcial supondrán un ahorro del 70% del coste al sistema, que actualmente es de unos 2.400 millones anuales. En el caso de la compatibilización de pensión y salario, este impacto superará los 2.000 millones adicionales al año.
Los coeficientes reductores sobre la pensión para aquellos que, cumpliendo los requisitos anteriores, se jubilen anticipadamente de manera voluntaria serán del 8% con hasta 38 años y seis meses cotizados; del 7,5% para quienes hayan cotizado entre 38 años y seis meses y menos de 41 años y seis meses; del 6,8% para los que estén entre 41 años y seis meses cotizados y menos de 44 años y seis meses, y del 6,5% para quienes hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses.
En el caso de la jubilación anticipada forzosa, la norma la establece cuatro años antes de la edad legal, de tal forma que, una vez que entre en vigor, la edad de acceso será en 2013 de 61 años y un mes, y subirá gradualmente año tras año hasta alcanzar los 63 años en 2027.
El periodo mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación parcial pasará de 30 a 33 años y para poder acogerse a esta modalidad se exigirá ser demandante de empleo al menos seis meses de la solicitud, tras un despido colectivo o un despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; una resolución judicial conforme a la Ley concursal; fuerza mayor; muerte o jubilación del empresario, y violencia de género.
Los coeficientes reductores que se aplicarán sobre la pensión serán, por cada año de adelanto respecto a la edad legal, del 6% para los que hayan cotizado más de 44,6 años; del 6,5% para entre 41,6 y 44,5 años cotizados; del 7% para entre 38,6 y 41,5 años cotizados, y del 7,5% para 38,5 años cotizados o menos.
Las mismas fuentes han añadido que se establecerá un mecanismo de control desde Empleo para evitar que se produzcan simulaciones o connivencias para que trabajadores que se han jubilado anticipadamente de forma voluntaria figuren como forzosos y asuman menores coeficientes reductores.
JUBILACIÓN PARCIAL.
En el caso de la jubilación parcial, la edad de acceso se sitúa en dos años con respecto a la edad legal, es decir, 63,1 meses en 2013 y 65 años en 2027. Los años de cotización mínimos necesarios para acogerse a esta modalidad serán 33 (en caso de personas con discapacidad serán 25 años) y se exigirá también al interesado una antigüedad de seis años en la empresa.
Los jubilados parciales verán reducida su jornada entre un 25% y un 50% o incluso hasta un 75% si el trabajador relevista está contratado a tiempo completo y de manera indefinida. El relevista tendrá que estar en el paro, o ser trabajador de la misma empresa con un contrato limitado, o socio trabajador de una cooperativa o de trabajo asimilados en el caso de trabajadores por cuenta ajena.
Entre la base de cotización del jubilado parcial y el trabajador que le releva deberá existir una equivalencia del 65% y el contrato del relevista tendrá que durar hasta el jubilado parcial alcance la edad legal de jubilación vigente en cada momento. Si el relevista tiene contrato indefinido, la norma dice que se añadirán dos años más. Ambos trabajadores cotizarán por el 100% de la jornada (50% en 2013, con subidas anuales del 5%).
EL 'PENSIONISTA ACTIVO' PAGARÁ UNA 'CUOTA DE SOLIDARIDAD'.
Una de las novedades del decreto es la posibilidad de compatibilizar el trabajo por cuenta propia o ajena, ya sea a jornada completa o a tiempo parcial, con el cobro de una pensión de jubilación ordinaria o demorada. Esta opción, que el Gobierno denomina 'pensionista activo', no será posible en el caso de jubilaciones anticipadas o bonificadas por trabajos penosos o tóxicos.
Hasta ahora, la posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión sólo existía para los asalariados a tiempo parcial y para los autónomos con ingresos no superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Para poder simultanear salario y pensión, se exigirá haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, aunque quedan excluidos aquellos que tengan derecho a la pensión completa.
La persona que opte por esta modalidad cobrará del 50% de la pensión que le corresponda --importe de reconocimiento inicial y de las revalorizaciones sin incluir complementos a mínimos--. Una vez que el contrato acabe y el trabajador decida jubilarse de modo definitivo percibirá el 100% de la pensión más el complemento a mínimo al que tuviera derecho.
En el caso de la cotización, empresa y trabajador-pensionista cotizarán sólo por Incapacidad Temporal (IT) y contingencias profesionales, si bien aportarán una 'cuota de solidaridad' al sistema, no computable para prestaciones, del 8%, de la que el 6% correrá a cargo de la empresa y el 2%, del 'pensionista activo'.
Por otro lado, el decreto incluirá una disposición específica para los trabajadores de clases pasivas, de forma que, para ir homogenizando los regímenes de la Seguridad Social, podrán compatibilizar pensión y empleo en el sector privado aquellos que hayan cumplido la edad de acceso a la jubilación establecida con carácter general para cada colectivo. Por otro lado, se podrá cobrar, como en el sector privado, el 50% de la pensión.
MENOS DESPIDOS DE MAYORES DE 50 AÑOS.
Por otro lado, el decreto introduce cambios en el capítulo de las aportaciones al Tesoro que tienen que realizar las empresas o grupos de más de 100 trabajadores que incluyan a mayores de 50 años en despidos colectivos.
El cambio consiste en que ahora las aportaciones deberán realizarse exclusivamente cuando exista "discriminación por razón de la edad en los despidos", es decir, en la medida en que "el porcentaje de trabajadores de más de 50 años incluidos en el despido colectivo sea superior al peso de ese colectivo en la plantilla de la empresa".
Asimismo, a partir de ahora, además de las empresas que hayan obtenido beneficios en los dos ejercicios anteriores al despido colectivo, quedarán incluidas aquellas que obtengan beneficios en al menos dos ejercicios económicos consecutivos, dentro del periodo comprendido entre el ejercicio económico anterior al despido colectivo y los cuatro ejercicios económicos posteriores a esa fecha.
jueves, 21 de febrero de 2013
ugtnokieroesteconvenio@gmail.com
PREGUNTA SOBRE EL CONVENIO COLECTIVO DE GRANDES ALMACENES
Hemos creado un exclusivo correo para que preguntes sobre el nuevo convenio, que más que nuevo parece de hace 40 años, gracias a nuestros "compañeros" de Fasga & Fetico
Desde la Sección Sindical de UGT en Carrefour estamos a tu disposición para ayudaros en todo lo que necesitéis
miércoles, 6 de febrero de 2013
Un pequeño análisis sobre los grandes perjuicios de este nuevo convenio, firmado por Fetico y Fasga
Madrid, 06 de febrero de 2013
El 31 de enero de 2013 con alevosía,
premeditación y nocturnidad, ANGED, FETICO Y FASGA, mientras los
trabajadores dormían, a las 4:00 de la madrugada, firmaban un convenio que
pasará a la historia como el que menos duró en su negociación, desde la entrega
de la plataforma patronal hasta la firma del convenio 13 días, y el convenio
con más recortes de la historia, un convenio que supone una rebaja en torno
entre el 10% y el 15% y estar a
disposición de las empresas 24 horas al día los 365 días del año, con una vigencia
de 4 años.
CONTRATACIÓN
· El
periodo de prueba para los Grupos de Personal base y de Profesionales pasa de 1
mes a 3 meses.
· El
grupo de inicio se sustituye por el de personal base, aumentándose a 5 años el
tiempo transcurrido necesario para ascender al grupo de profesionales y a los 5
años te evaluarán, y si no superas la prueba estarás otros 3 años más en el
grupo de inicio, lo que supone que durante 7 años extras en el grupo de inicio
al 3% de subida salarial no conseguida
· Se
podrá contratar en Formación por 450€ aproximadamente.
- COMPLEMENTO DE NIVEL Antes, si
te reconocían el complemento de nivel, te subían el salario un 3% del SBG
y se consolidaba. Ahora, si te reconocen el complemento, van a compensarlo
y absorberlo de tu complemento personal.
JORNADA
Y SALARIO
· Se
aumenta la jornada 28 horas al año, con un total de 1798 horas anuales. Lo que
significa trabajar más por el mimo salario.
|
|
Precio
hora
|
2012
|
Precio
hora
|
2013
|
|
|
Incluidas vac
|
nomina
|
Incluidas
vac
|
nomina
|
|
Personal Base
|
7,88197
€
|
7,21254
€
|
7,75924
€
|
7,10023
€
|
|
Profesionales
|
8,11843
€
|
7,42892
€
|
7,99202
€
|
7,31324
€
|
·
Congelación salarial durante
cuatro años del 2012 hasta finalizar el 2016 y pérdida de poder adquisitivo por
inexistencia de la cláusula de revisión por diferencia de I.P.C.
· Se va a
permitir que se rebaje el salario en un 5%, prorrogable, en los centros de
trabajo que desciendan las ventas en tres años, en un promedio del 9% anual, en
una empresa puede haber centros de trabajo que ganen más que otros, a pesar
de tener beneficios, sin tomar como referente la empresa que sería lo
correcto.
· Se
determina un nuevo invento miserable de determinación de posibles incrementos
que se ligan a resultados de ventas en comparación al año 2010. de tal manera
que si se superasen estos podría cobrarse hasta 1,5% en un solo pago, no
consolidable en tablas salariales.
· Se
establece una distribución de la jornada trimestral, modificable por cualquier
imprevisto, como ausencias no previstas de trabajadores para su sustitución.
· BOLSA
DE HORAS de libre disposición de la empresa del 10 % de la jornada contratada
con un preaviso de 7 días.
TRABAJO
EN DOMINGOS Y FESTIVOS
· Se
elimina el complemento por el trabajo de domingos y festivos, desaparece el
complemento 32.13 de las nominas, que al año representaban 186€ para jornadas
completas, que a lo largo de los 4 años de vigencia del convenio va a suponer
una merma de 744€.
- En las
Comunidades Autónomas hay autorizados diferente número de
domingos/festivos de apertura, oscilando entre 8 y 12 en casi todas. Se
pasa del 70% al 55%, con un mínimo a trabajar de 9 domingos/festivos.
El 55% de los de
apertura significa que de los 64 festivos del año se trabajarían 35 festivos y
que antes hubieran supuesto económicamente como mínimo:
o
6
primeros festivos por 186€
o
6
siguientes festivos a 36€ supondrían 216€
o
23
festivos restantes a 40€ supondrían 920€
Esto suma la cantidad de 1.322€, lo
que suponen 1’5 pagas al año, y en los cuatro
años representan 6 pagas, con lo que
dejaríamos de ganar casi 8.000€.
· Trabajaremos 9 festivos gratis, ya
que solo las personas que hayan percibido durante el año 2012 cantidades
superiores a 350€ consolidarán un complemento personal por la diferencia entre
los 350€ y la mayor cantidad percibida en el 2012, con el límite de 500€: Lo
que significa que muy pocos trabajadores se verá beneficiados.
INVENTARIOS
· Desaparece
el pago del incremento del 50% para todos los trabajadores sin excepción.
VACACIONES
· En las
vacaciones se introduce una nueva fórmula
más, que posibilita que en vez de 21 días en verano tengamos solo 15 días.
REDUCCIÓN DE JORNADA POR GUARDA LEGAL
· A la reducción de Jornada por Guarda Legal
le dan una nueva redacción que la restringe a gusto de las empresas, pudiendo
incluso cambiarte de centro de trabajo.
JUBILACIÓN
· Eliminan
las referencias en el convenio a la Jubilación
parcial a los 61 años y la
jubilación especial a los 64 años y el compromiso de contratar trabajadores
en su lugar
Como hacen siempre Fetico y Fasga, nos justificarán
la firma del Convenio, con la crisis, el paro, el empleo, que han conseguido
que no se quite la paga extraordinaria, etc.., y los culpables serán los
políticos, la reforma, los sindicatos UGT, CC.OO., CIGA, ELA, LAB, y el mundo
en general, los únicos que no tienen culpa son los que cada cuatro años nos
firman el Convenio Fetico y Fasga. En algo si tienen razón, están legitimados
para firmar sin contar con los trabajadores, ya que cada cuatro años son los
más votados en los centros de trabajo y son los que más afiliados tienen. Ahora
van a los centros y nos piden que les
demos las Gracias, pues bien “Gracias, Gracias, Gracias parásitos de empresas y
trabajadores” porque gracias a vosotros cada cuatro años vamos perdiendo más.
Si eres afiliado a Fetico o Fasga en UGT tenemos un modelo de documento
para darte de baja…Acabemos con los caraduras, cínicos y siervos de las
empresas que nos han firmado este Convenio, que el día 18 decían NO al Convenio y el día 31 SI al Convenio.
SI
NO ESTÁS DE ACUERDO CON TODO ESTO, PIDE LA DIMISIÓN A LOS FIRMANTES DE ESTE
CONVENIO, FETICO Y FASGA
jueves, 17 de enero de 2013
viernes, 11 de enero de 2013
Primera reunión de la mesa negociadora de Grandes Almacenes o de cómo hacer desaparecer treinta años de derechos laborales
SECRETARÍA SECTORIAL DE COMERCIO
Primera reunión de la mesa negociadora de Grandes Almacenes o de cómo hacer desaparecer treinta años de derechos laborales
Madrid, 11 de enero de 2013
Y llegó el día. Parecía que no llegaría nunca y que lo vivido ahora hace tres años era el suelo de los derechos laborales de las miles de personas que trabajan en el sector de grandes almacenes, pero no, todavía cabían muchas más rebajas y condiciones impensables para los profesionales de este subsector.
Esta misma mañana y con la frialdad característica de quién se cree dueño y señor del devenir de la vida de miles de trabajadores y trabajadoras, el portavoz de la patronal ANGED relataba cuál se pretendía fueran las líneas por las que pasaría el nuevo Convenio Colectivo de Grandes Almacenes. Comenzaba el recital del ya llamado Convenio Descuelgue de Todo y Catálogo de la Reforma Laboral aprobada el pasado año y que decía así:
- Incremento de la jornada laboral pasando de las actuales 1770 horas anuales a 1826,27 horas. Lo que supone una carga trabajo mayor a igual salario y una reducción salarial para los tiempos parciales.
- Eliminación de una paga extraordinaria.
- Establecimiento de calendarios mensuales con posibilidad añadida de ser susceptibles de cambios durante el mes, lo que supone una ruptura absoluta con cualquier criterio de conciliación.
- Eliminación de los complementos por trabajo en domingos y festivos y su generalización para todos, incluyendo aquellos trabajadores y trabajadoras que hasta ahora no tenían esa obligación al no quedar contemplado en sus contratos.
- Permisos retribuidos a los niveles que marca el Estatuto de los Trabajadores, eliminándose de esa forma todo lo que se tenía por encima de ese baremo.
- Establecimiento de mecanismos para modificación salarial de manera que el salario quede del todo ligado a la evolución del consumo, incrementándose cuando así se comporte este pero también reduciéndose en caso de bajada, algo que dada la realidad actual y las perspectivas a corto plazo supones una rebaja salarial.
- Establecimiento de los mecanismos necesarios para facilitar a cada una de las empresas englobadas bajo el paragüas de la ANGED el empeoramiento de las condiciones laborales que estimen oportunas.
Así quedaban explicados los puntos más sangrantes pretendidos para el nuevo convenio colectivo, pero no los únicos, dado que se nos ha hecho entrega de la plataforma empresarial donde tras un breve análisis descubrimos matices que encierran muchos más recortes.
Desde UGT en las próximas horas procederemos al análisis exhaustivo y pormenorizado de la propuesta empresarial para realizar una valoración mucho más profunda de cuánto el texto recoge.
La Unión General de Trabajadores ha presentado una plataforma que ha sido distribuida al resto de la mesa negociadora y que creemos constituye una herramienta ajustada a la situación actual pero sin las agresiones de todas esas medidas. Así mismo, las organizaciones CC.OO y CIGA han procedido a presentar sus respectivas plataformas, algo que los departamentos sindicales de las empresas de grandes almacenes, Fasga y Fetico ni tan siquiera se han molestado a hacer quizá porque ese trabajo ya lo tienen hecho con la patronal.
De la próxima reunión señalada para el jueves 17 de enero, os daremos puntual información.
lunes, 5 de noviembre de 2012
14-N Info-vaga
| Dijous, assemblea a Barcelona amb Cándido Méndez i Fernández Toxo El proper dijous, 8 de novembre, us esperem a la gran assemblea de delegats i delegades i afiliats i afiliades de la UGT i CCOO que organitzem a Barcelona prèviament a la vaga general del 14-N. Hi intervindran Cándido Méndez, secretari general de la UGT; Josep M. Àlvarez, secretari general de la UGT de Catalunya; Ignacio Fernández Toxo, secretari general de CCOO, i Joan Carles Gallego, secretari general de CCOO de Catalunya. Serà a les 11.30 hores al Palau d'Esports de la Vall d'Hebron (passeig de la Vall d'Hebron, 166-176). Assemblees territorials D'altra banda, us recordem les assemblees que estem realitzant al territori: Vilafranca del Penedès, dimarts 6 de novembre, a les 11h, a L'Escorxador (c. de l'Escorxador, 19-21). Girona, dimarts 6 de novembre, a les 10.30h, al Centre Cívic del Ter (c. de Can Sunyer, 46). Vic, divendres 9 de novembre, a les 10h, a la seu de la UGT (Plaça d'Osona, 4). Assemblea de la societat civil i de dones Dimarts 6 de novembre també tindrà lloc una assemblea de la societat civil en suport a la vaga general, amb la participació d'entitats veïnals, juvenils, culturals, educatives, etc. L'acte tindrà lloc a les 17 hores al Casal de barri Pou de la Figuera (c. de Sant Pere més baix, 70, Barcelona). I dimecres 7 de novembre celebrarem una assemblea de dones sobre la vaga general i de denúncia dels efectes que les polítiques dels governs estan tenint sobre aquest col·lectiu. Serà a les 18 hores també al Casal de barri Pou de la Figuera (c. de Sant Pere més baix, 70, Barcelona). |
| Properes mobilitzacions abans del 14-N La Plataforma Sindical Unitària de l'Administració Pública, de la qual forma part la UGT de Catalunya, ha convocat una manifestació el proper dijous, 8 de novembre, a Barcelona contra les retallades salarials i de drets laborals, així com les últimes reformes legals fetes pel Govern central, especialment l'aplicació del ERO al personal de les administracions públiques. La manifestació sortirà a les 17.30 hores des del carrer de Mallorca/Roger de Llúria fins a la Plaça de Sant Jaume. D'altra banda, la Plataforma pel Dret a la Salut ha convocat una manifestació contra les retallades a la sanitat pública el proper diumenge, 11 de novembre, a les 11.30 hores des de Plaça de Catalunya/Fontenella sota el lema "Si ens roben la sanitat ens tallen la vida!". |
miércoles, 29 de agosto de 2012
El 15 de setembre vine a Madrid a plantar cara contra les retallades de drets socials i laborals
- Publicat el Dimecres, 29 Agost 2012 08:26
Si vols venir amb nosaltres en autocar i participar a la gran manifestació a Madrid, clica sobre aquest enllaç i emplena el formulari.
lunes, 6 de agosto de 2012
Modificación horarios Carrefour Gv2
Esta tarde tenemos reunión con la empresa .......en cuanto dispongamos de más información la pasaremos.
NOTA.- Cuando la empresa entregue el cuadro horario a los trabajadores serán efectivos , es decir serán los que haya que realizar-a partir de los 7 días de su comunicación
Se puede firmar no conforme, con independencia de si luego se decide denunciarlo.
Las opciones que nos ofrece la legislación son:
1. Aceptar la modificación.
2. Impugnar la modificación ante la
jurisdicción social.
3. Rescisión con indemnización de 20
días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos
inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.
4. Solicitud de extinción ante la
jurisdicción social con indemnización de 45 días por año si comporta el menoscabo de la dignidad del trabajador.
Acude a tus delegados de la UGT
en Carrefour para cualquier duda
|
lunes, 30 de julio de 2012
Carrefour GV2:UGT muestra su disconformidad en la reunión de esta mañana
Hoy, 30 de julio hemos tenido la reunión con Dirección en relación a la aplicación del art 41 del ET de modificación de horarios en Carrefour GV2 ,y nuestra Sección Sindical ha manifestado su total disconformidad, entregando las siguientes alegaciones a la empresa, y reservándonos el derecho de estudiar la correcta aplicación del Acuerdo y de tomar las medidas legales pertinentes si procede.
Desde esta misma mañana hasta el jueves se realizarán reuniones para explicar el acuerdo a la plantilla, comentando la empresa que desde esta mañana se ha abierto el plazo de voluntariedad.
Una vez notificados los horarios a los afectados y transcurridos 7 días desde la comunicación serán de obligado cumplimiento, con independencia de que se impugne el mismo, salvo que se opte por rescindir el contrato y recibir una indemnización de 20 días por año, máximo 9 mensualidades.
Sección Sindical UGT
Carrefour Gv2
Hospitalet de Llobregat, a 30 de
julio de 2012
En relación a la comunicación de las
modificaciones en los horarios de los trabajadores del centro de Carrefour Gran
Vía 2, en aplicación del Acuerdo del Comité Intercentros de fecha 19 de Julio de
2012, firmado con FETICO y la
Empresa , la Sección Sindical de UGT manifiesta su total
disconformidad en base a :
1.-En
materia de descanso semanal discrimina a
los trabajadores entre sí, puesto que se excluye expresamente de la aplicación
de los sábados compensatorios a los trabajadores que trabajen una media de 4 días a la semana,
máxime cuando la Audiencia Nacional
ha reconocido su aplicación, y el acuerdo sólo recoge este derecho para los trabajadores de seis días a la semana, teniendo en cuenta lo manifestado en el preámbulo del Acuerdo : ”con especial atención a la búsqueda de
medidas que atenúen los efectos negativos de los cambios y que puedan compensar
a los trabajadores afectados conservando y ampliando en lo posible las mejoras
de! tiempo de descanso y la conciliación de la vida personal y laboral”
2.- La información aportada por la Dirección de la Empresa con respecto a
este centro es totalmente insuficiente, para que la sección
sindical de UGT pueda valorar si
la aplicación del acuerdo y sus medidas son las adecuadas,
·
no
se nos han presentado las cargas de trabajo de cada una de las secciones y
además éstas no son de todo el año.
· tampoco
se nos aportan las horas semanales contratadas del centro, para poder tener en
cuenta que los porcentajes que marca el acuerdo se adecuan, es decir:
38% horas sábados y 20% viernes
Repartidas además por sectores en:
a.
PFT.-
antes de la apertura, el 28%; desde
la apertura hasta las 14:00 horas, el 32%; entre las 14:00 y las 17:00 horas,
el 18%; desde las 17:00 horas hasta el cierre, el 32%.
b.
Resto de sectores comerciales.-
el 30% antes de la apertura; el 28% desde la apertura hasta las 14:00 horas; el
16% entre las 14:00 y las 17:00 horas; el 35% a partir de las 17:00 horas.
c.
Línea de Cajas.-
el 35% desde la apertura hasta las 14:00 horas; el 24% entre las 14:00 y las
17:00 horas; el 45% a partir de las 17:00 horas.
3.- No queda
claro cual es el total de horas se establece como proporción a cada uno de los
trabajadores desde la aplicación del acuerdo hasta finales de año, así como
cuantas son las posibles horas de exceso de cada uno de los mismos a compensar
en el primer trimestre del año.
4.- Si bien
se respetan las vacaciones estivales del año 2012 dado que ya han comenzado, no
se garantiza para el año 2013.
5.- No se
nos aportan datos de antigüedad de los trabajadores con lo nos imposibilita
saber si las medidas a los trabajadores afectados se han aplicado según
establece el acuerdo como norma general.
6.- Que no se ha realizado un estudio de valoración de riesgos
ergonómicos y psicosociales previo teniendo en cuenta los cambios que se van a
producir en cuanto a la concepción del puesto de trabajo:
I. En
relación a la carga y ritmo de trabajo: excesiva o reducida carga de trabajo,
falta de control sobre el ritmo de trabajo.
II. En
relación a la programación del trabajo: trabajo a turnos, trabajo en horario
partido, programación de ciclos de trabajo y reposo, horas deslizadas, jornada
irregular, planificación de las vacaciones
III. En relación a las interrelaciones
personales: pueden ser conflictivas en
cuanto a las demandas del trabajo y la
familia respecto al tiempo dividido entre el trabajo y las actividades de ocio.
7.-
Que en la adopción de las modificaciones que se van a aplicar no se ha consultado al
Comité de empresa para su elaboración.
8.-Que
el acuerdo además de suponer una rebaja considerable de los derechos de los
trabajadores de Carrefour, también supone la desaparición en la Empresa de la posibilidad
de conciliar la vida personal y laboral, faltando a lo
propugnado en el acuerdo en cuanto a “establecer medidas que palien los efectos
negativos para los trabajadores de estos cambios”: se va a conseguir lo
contrario a lo pretendido, trabajadores cansados y desmotivados
9.- Esta Sección
Sindical se reserva el derecho de
estudiar la correcta aplicación del Acuerdo
y de tomar las medidas legales
pertinentes si procede.
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viernes, 27 de julio de 2012
ADIOS A LA LEY DE CONCILIACION VIDA LABORAL Y FAMILIAR EN CARREFOUR.
Adherida a UNI y UITA
COMERCIO | CARREFOUR
|
Adherida a UNI y UITA
|
Madrid, 26 de julio de 2012
El pasado
día 19 de julio mediante el contubernio entre la Empresa y Fetico nos
vuelven a dar otra vuelta de tuerca, tal y como ocurrió el año 2009 con el
descanso semanal.
Como todos
sabéis con la modificación sustancial que se acaba de firmar por FETICO y Carrefour
nos pueden modificar prácticamente todos los aspectos de nuestra relación
laboral y hacer desaparecer de un plumazo todo lo referente a la ley de conciliación
de la vida laboral y familiar.
Te
resumo y detallo algunas medidas que te pueden afectar:
* Nos pueden cambiar de centro, siempre que no se superen los 40 Km . de distancia, del
centro o de tu casa, es decir 80km ida i vuelta.
* Nos pueden cambiar los horarios: de mañana a rotativo o a
tarde, de rotativo a tarde.
* Nos pueden quitar horas del martes, miércoles o jueves,
haciendo jornadas de 3 horas esos días
para hacerlas los lunes, viernes o sábado hasta 9 horas de
trabajo efectivo.
* Nos pueden poner 2
días de turno partido a la semana, pudiendo tener este un descanso de
hasta cuatro horas entre la parte anterior y posterior de la jornada.
* Nos pueden poner todas las semanas de 5 días de trabajo, o
una semana de 5 días y otra de 6 días.
* En los cambios de rotación en los turnos rotativos, el
descanso entre jornada y jornada se puede reducir hasta un mínimo de 7 horas.
* A partir de del año 2013 si la empresa quiere puede excluir
de las vacaciones los meses de junio, julio, agosto o septiembre.
* El turno de mañana puede finalizar a las 17 horas.
* A partir de ya, la polivalencia es automática.
* Puede que tengas un calendario nuevo hasta 31 de diciembre,
con un preaviso de solo de 7 días.
* Estas modificaciones con un poco de suerte, puede que duren
solo hasta el 31 de diciembre de 2014.
* Si eres de menor antigüedad en la empresa serás de los
primeros, es el criterio de selección supuestamente establecido.
* El calendario anual finalizara a 31 de diciembre de 2012 sin
quedar nada claro cual es la jornada anual de marzo a diciembre.
* Quedan suspendidas durante la vigencia del acuerdo las
consolidaciones de jornadas de cajas de tiempo parcial.
* El acuerdo recoge el compromiso del mantenimiento del empleo
fijo, pero la empresa no dice que plantilla hay actualmente.
* La empresa no nos da al C.I. la información por centro y de
las necesidades que hay en cada uno de ellos.
* Se crea una comisión de seguimiento y control del acuerdo del
sindicato firmante Fetico y la empresa, de la misma forma que se creo en el
anterior acuerdo de horarios de 2009 y que jamás se reunió durante estos 3
años.
* El sistema de incentivos de la plantilla base queda también a
merced de los firmantes del acuerdo, a través de la comisión de seguimiento y
control.
* El acuerdo solo posibilita a los comités de centro como meros
receptores de información sin entregar ninguna documentación.
Y si a pesar de todas estas medidas entienden que se quedaron
cortos, tienen tres meses para modificarte de nuevo lo que quieran. También
tienen hasta diciembre para poner en práctica este acuerdo, “cuanto menos
curioso, si realmente tienen los problemas que dicen tener”. ¿Por qué esperar 6
meses?.
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