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martes, 30 de abril de 2013

INVENTARIO GENERAL 12-05-2013


INVENTARIO GENERAL 12-05-2013

Las trabajadoras  con reducción de jornada por conciliación de la vida laboral y familiar, a tenor del  Artículo 31. Ventas especiales y balances párrafo ultimo 

Los trabajadores afectados por reducción de jornada por guarda legal estarán exentos de modificar por esta causa el horario de prestación de trabajo preestablecido salvo pacto en contrario.”

Todas las reducciones de jornada tienen derecho a mantener su horario el día del inventario o pactar el mismo.

Las trabajadoras en situación de embarazo a tenor del  Artículo 31. Ventas especiales y balances párrafo penúltimo estarán exentas de realizar una jornada superior a la normal contratada.

Ponte en contacto con tus delegados de la UGT para que te redactemos el escrito de petición

miércoles, 26 de mayo de 2010

Orden del día Comité Intercentros Carrefour 9 y 10 de junio de 2010

Sección Sindical Estatal Carrefour

Madrid, 26 de mayo de 2010
1) Puntos Pendientes
Concepto de nóminas y explicación
Reformas en Tiendas y Nuevas Implantaciones
Concepto 765 IRPF
2) Nóminas
3) Inventarios
Situación de las Embarazadas
Comunicación de los inventarios y número de ellos
Comunicaciones a los Comités de las Horas extras de Inventario
4) Concentración de Acciones Formativas en Centros
5) Altura y Composición de los Palets
6) Fundación Solidaridad Carrefour
7) Lectura y aprobación del Acta de la Comisión de Uniformidad
8) Plan de Reactividad
9) Electro (Acceso Sistema informático)
10) Información Solicita por el Comité Intercentros
a) Cursos de Formación
b) Nombre de Centros representados por el Comité Intercentros
c) Actas de la Comisión del Descanso Semanal

viernes, 7 de mayo de 2010

L@S TRABAJADORES CON REDUCCION DE JORNADA ESTAN EXCLUIDOS DE LAS MODIFICACIONES Y AMPLIACIONES DE JORNADA POR INVENTARIOS

Informar a las trabajadoras de reducción de jornada por guarda legal, que sólo están obligadas a realizarán las horas estipuladas en su reducción.


El Tribunal Supremo el 12 de noviembre de 2008 ratificó la sentencia favorable de la Audiencia Nacional de 8 de febrero de 2007 relativa a la reducción de jornada por guarda legal que viene a darnos una vez más la razón en cuanto a la facilitación de la conciliación de la vida personal y laboral para el conjunto de trabajadoras y trabajadores del sector.

Denunciábamos la ampliación y modificación de los horarios de las reducciones de jornada con ocasión de preparación de ventas especiales e inventarios y balances, dejando vacío de contenido el derecho de conciliación de la vida familiar y personal.

El Tribunal Supremo desestimó el recurso formulado por la patronal de las grandes superficies (Anged) que pretendía variar o prolongar el horario de los trabajadores con reducción de jornada por cuidado de menores en períodos de rebajas, balances e inventarios.

La patronal defendía que el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes atribuye al empresario en su artículo 33 facultades de variación de horario y prolongación de jornada en los "días de preparación" de balances e inventarios y de las "ventas especiales de enero y julio".

El alto tribunal considera que la reducción de jornada es un derecho individual que excluye a los trabajadores de la obligación de realizar horas pactadas en el convenio colectivo que excedan su horario.

Por ello, expone que la facultad que el convenio colectivo concede a los empresarios de las grandes superficies de aumentar el horario de sus trabajadores debe ser "interpretada restrictivamente" para garantizar que puedan disfrutar de su derecho a jornada reducida.

El Supremo concluye que "el derecho individual a la reducción de la jornada excluye al trabajador de la obligación de realizar horas pactadas en convenio colectivo que exceda de la jornada reducida ajustada a sus circunstancias familiares".

Por lo que debéis comprobar cuales son las condiciones de vuestra reducción –recogidas en la carta de concesión-a efectos de determinar la asistencia al INVENTARIO.

Desde la UGT seguimos luchando por el cumplimiento del Convenio Colectivo y por la garantía de nuestros derechos.

No todos los Sindicatos pueden decir lo mismo.

Solicita a tu delegado de la UGT la sentencia y si tienes cualquier duda sobre el tema ponte en contacto con nosotros.


Para avanzar, UGT