jueves, 28 de junio de 2012
CARREFOUR MANTIENE SU PROPUESTA INICIAL SOBRE LA APLICACION DEL ART.41
Adherida a UNI y UITA
COMERCIO | CARREFOUR
Adherida a UNI y UITA
|
CARREFOUR
MANTIENE SU PROPUESTA INICIAL SOBRE LA APLICACION DEL
ART.41
Madrid, 28 de junio de 2012
Ayer miércoles 27, tal y como estaba previsto
se volvió a reunir el Comité Intercentros de manera extraordinaria, para
continuar con el proceso abierto por la Dirección de Carrefour, con la intención de
proceder a una nueva modificación generalizada de la distribución de la jornada
de todos los trabajadores y en función de la supuestas cargas de trabajo de los
Hipermercados.
Carrefour sigue manteniendo su propuesta
inicial desde el pasado día 11, donde presentaba una serie de modificaciones
todas ellas de gran calado para las actuales condiciones de los trabajadores,
sobre la distribución de las actuales
jornadas, polivalencia generalizada, movilidad funcional y geográfica, etc....
En la reunión se solicitó a la empresa que
manifestara de una vez por todas su intención de negociar o no, ya que sus
pretensiones iniciales desde el inicio de la negociación y en reiteradas
reuniones siguen siendo las mismas y donde no se han tenido en consideración ninguna
de las aportaciones realizadas hasta el momento por todos los sindicatos presentes
en el Comité Intercentros.
Finalmente Carrefour decide que la reunión
prevista para mañana viernes 29, no se realizará y que para la próxima semana
nos convocará para presentar una propuesta final.
Desde nuestra organización mucho nos tememos
que Carrefour tome finalmente una decisión de la aplicación del Art. 41 sin un
acuerdo con el Comité Intercentros y sin tener en consideración las
aportaciones realizadas por la UGT
, al igual que ha ocurrido en Alcampo
donde ayer finalizó el periodo de consultas sin acuerdo. Desgraciadamente la
actual reforma laboral permite a las Empresas la aplicación del mismo sin
acuerdo, en todo caso os tendremos informados una vez que nos convoquen de
nuevo al Comité Intercentros, y de las posible acciones ha realizar si esto es
así.
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miércoles, 27 de junio de 2012
Carrefour reunión Art. 41 E.T.
carrefourgv2: Mª Espe quiere ir de rebajas en Carrefour
carrefourgv2: Mª Espe quiere ir de rebajas en Carrefour: lo que no entendemos es si asistirá a tal acontecimientos, antes o después de la misa del domingo,o si vendrá confesada..o no tendrá remor...
Mª Espe quiere ir de rebajas en Carrefour
lo que no entendemos es si asistirá a tal acontecimientos, antes o después de la misa del domingo,o si vendrá confesada..o no tendrá remordimientos por dejar sin conciliar vida familiar y laboral o dejar sin comulgar a todos los trabajadores de Carrefour y demás grandes superficis, comercios, colmados, etc
a todo esto el Vaticano estará informado de que sus locales comerciales van a quedar desiertos por falta de clientes ? A lo mejor les hacen un ERE y Madrid se convierte al semitismo
a todo esto el Vaticano estará informado de que sus locales comerciales van a quedar desiertos por falta de clientes ? A lo mejor les hacen un ERE y Madrid se convierte al semitismo
martes, 26 de junio de 2012
LA MESA DEL PARLAMENT ADMET A TRÀMIT LA PROPOSTA DE CONSULTA POPULAR PRESENTADA PER LA PLATAFORMA PROU RETALLADES
La UGT i CCOO de Catalunya ens felicitem que la Mesa del Parlament hagi admès avui a tràmit la proposta de consulta popular per via de referèndum sobre les retallades del Govern de la Generalitat que la Plataforma Prou Retallades, de la qual els sindicats formem part, va registrar la setmana passada.
La proposta es publicarà ara al Butlletí Oficial del Parlament de Catalunya i s'obrirà el termini de tres dies que marca la llei perquè els grups puguin sol·licitar dictamen al Consell de Garanties Estatutàries, abans no es posi en marxa el procés que ha de conduir a la recollida de més de 220.000 signatures (el 3% de la població de Catalunya) que avalin la consulta popular.
Sota el lema “Jo vull decidir per una Catalunya social”, el passat 18 de juny representants de les organitzacions que formen part de la Plataforma Prou Retallades, entre els quals els secretaris generals de la UGT i CCOO de Catalunya, Josep M. Àlvarez i Joan Carles Gallego, van registrar al Parlament de Catalunya una iniciativa popular perquè es convoqui una consulta ciutadana amb la següent pregunta, molt limitada per la normativa que regula aquest tipus de consulta:
“Creu que l’acció del Govern de Catalunya hauria de donar prioritat a les polítiques de salut, educació i serveis socials, per garantir aquests drets bàsics i complir amb l’Estatut?”.
Considerem una mostra de qualitat democràtica que es respectin i facilitin els canals de participació ciutadana establerts al nostre país, que han de permetre a la societat opinar sobre l’acció del Govern més enllà de les convocatòries electorals cada quatre anys.
ILP para la dación en pago recoge 200.000 firmas en dos meses
La IL
BARCELONA, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -
La iniciativa legislativa popular (ILP) para la dación en pago ha logrado recoger 200.000 firmas en dos meses para conseguir un cambio de la legislación hipotecaria, según han informado este martes en un comunicado varias de las entidades implicadas en la campaña.
El pasado 23 de abril diferentes entidades, entre las que se cuentan asociaciones de vecinos y sindicatos, empezaron una campaña para lograr medio millón de firmas antes del 31 de octubre y elevar esta petición al Congreso de los Diputados.
En el caso de Catalunya, de donde ha surgido el germen de esta ILP, entre los promotores se encuentra la Taula del Tercer Sector, el Observatorio Desc, los sindicatos CC.OO. y UGT, la Plataforma de Afectados por las Hipotecas (PAH) y la Confederación de Asociaciones Vecinales de Catalunya (Confavc).
La ILP propugna que la entrega de la vivienda --solo en el caso que sea el lugar de residencia habitual-- a la entidad bancaria sea suficiente para saldar la hipoteca cuando el propietario no pueda pagar por motivos ajenos a su voluntad.
Asimismo, pide la paralización de los desahucios forzosos y que las personas afectadas tengan derecho a seguir residiendo en su casa por un periodo de cinco años, pagando como máximo el 30% de sus ingresos mensuales.
lunes, 25 de junio de 2012
viernes, 22 de junio de 2012
CHTJ-UGT logra que los días de baja por enfermedad durante las vacaciones puedan recuperarse
CHTJ-UGT logra que los días de baja por enfermedad durante las vacaciones puedan recuperarse
• El Tribunal Europeo da la razón a la CHTJ- UGT en el litigio que mantiene con la patronal de grandes almacenes (ANGED)
• El gabinte jurídico de la CHTJ-UGT, a través del abogado, Javier Jiménez, promovió el proceso jurídico que ha concluido con esta feliz e inapelable sentencia
Esta sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo –por la sempiterna Anged– y el pleno del mencionado tribunal estimo conveniente remitir para su estudio y resolución al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal Supremo en el primero de los HECHOS del auto dice:
Es decir, la pretensión que hoy se gana y que otros pretenderán apuntarse como éxito, cuando su intención ha sido la de entorpecer, este logro, es única y exclusivamente, petición y mérito de UGT.
Abierto un proceso de alegaciones a todos los interesados, incluidos todos los estados miembros, enviamos un escrito al Tribunal de Justicia de la Unión Europea donde de nuevo defendíamos nuestra interpretación de poder disfrutar de un nuevo periodo de vacaciones si una vez empezadas estas, el trabajador o trabajadora cae enfermo con independencia del motivo de dicha incapacidad temporal.
La sentencia se refiere a un supuesto en el que la incapacidad laboral sobreviene una vez iniciado el periodo de vacaciones anuales, y para resolver la cuestión, considera que las vacaciones son un principio de derecho social de la Unión de especial importancia, que no tiene excepciones y que, además, forma parte de la carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que tiene el mismo valor jurídico que un Tratado.
La finalidad del derecho a disfrutar vacaciones es completamente distinta a la finalidad que tiene un proceso de incapacidad temporal que es la necesidad de recuperación de una enfermedad por lo que el trabajador tiene derecho a disfrutar del periodo que le resta de las vacaciones que hayan quedado pendientes de disfrutar una vez le hayan dado el alta médica.
Nuestra legislación no contempla esta posibilidad, de ahí la importancia de la misma, por lo que es necesario que, o bien se adecúe a dicha interpretación, o bien se recoja en los convenios colectivos la regulación correspondiente por falta de regulación legal.
• El Tribunal Europeo da la razón a la CHTJ- UGT en el litigio que mantiene con la patronal de grandes almacenes (ANGED)
• El gabinte jurídico de la CHTJ-UGT, a través del abogado, Javier Jiménez, promovió el proceso jurídico que ha concluido con esta feliz e inapelable sentencia
21/06/2012 | CHTJ-UGT Acción Sindical
Como recordaréis, nuestros servicios jurídicos,
lograron mediante sentencia de la Audiencia Nacional que en los casos de
IT producida durante el disfrute de las vacaciones, estas deberían
quedar interrumpidas hasta que se produzca el alta médica y, en
consecuencia, podrían disfrutarse posteriormente.Esta sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo –por la sempiterna Anged– y el pleno del mencionado tribunal estimo conveniente remitir para su estudio y resolución al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Tribunal Supremo en el primero de los HECHOS del auto dice:
Es decir, la pretensión que hoy se gana y que otros pretenderán apuntarse como éxito, cuando su intención ha sido la de entorpecer, este logro, es única y exclusivamente, petición y mérito de UGT.
Abierto un proceso de alegaciones a todos los interesados, incluidos todos los estados miembros, enviamos un escrito al Tribunal de Justicia de la Unión Europea donde de nuevo defendíamos nuestra interpretación de poder disfrutar de un nuevo periodo de vacaciones si una vez empezadas estas, el trabajador o trabajadora cae enfermo con independencia del motivo de dicha incapacidad temporal.
La sentencia se refiere a un supuesto en el que la incapacidad laboral sobreviene una vez iniciado el periodo de vacaciones anuales, y para resolver la cuestión, considera que las vacaciones son un principio de derecho social de la Unión de especial importancia, que no tiene excepciones y que, además, forma parte de la carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que tiene el mismo valor jurídico que un Tratado.
La finalidad del derecho a disfrutar vacaciones es completamente distinta a la finalidad que tiene un proceso de incapacidad temporal que es la necesidad de recuperación de una enfermedad por lo que el trabajador tiene derecho a disfrutar del periodo que le resta de las vacaciones que hayan quedado pendientes de disfrutar una vez le hayan dado el alta médica.
Nuestra legislación no contempla esta posibilidad, de ahí la importancia de la misma, por lo que es necesario que, o bien se adecúe a dicha interpretación, o bien se recoja en los convenios colectivos la regulación correspondiente por falta de regulación legal.
jueves, 21 de junio de 2012
LA FETE-UGT DENUNCIA QUE 55 ESCOLES PODRIEN PERDRE ALGUNA O MÉS D'UNA DE LES SEVES UNITATS CONCERTADES A BARCELONA
Els treballadors de l’Escola Menéndez Pidal es
concentraran dilluns 25 contra l’anunci del tancament del
centre
La FETE-UGT denuncia que, en
aquests moments, un cop tancat el període de matriculació als centres de segon
cicle d’infantil, primària i ESO, a Barcelona hi ha fins a 55 escoles que
podrien perdre alguna o més d’una de les seves unitats concertades (a 4 de
juny, un total de 97 unitats estan per sota de les ràtios mínimes).
D’aquestes escoles, 24 són centres d’una sola línia que podrien perdre el P3,
el 1r d’ESO o que tenen una ràtio inferior als mínims exigits en més d’un
curs, fet que posa seriosament en perill la seva
continuïtat.
Si es confirmen els temors, la
FETE-UGT alerta que es produiran tancaments d'unitats i escoles. El primer
cas ja s’ha produït: l'Escola Menéndez Pidal, situada al districte
d'Horta - Guinardó de Barcelona, que ha anunciat als seus treballadors i
treballadores que tancarà les seves portes a partir del mes de juny de 2012. El
centre, integrat a la patronal Confederació Catalana de Centres Autònoms,
addueix un descens de la matrícula que fa inviable la seva continuïtat.
Actualment té 50 treballadors i 300 alumnes, des de P3 fins a 4rt d’ESO.
La UGT de Catalunya se suma a la
concentració del proper dilluns 25 a la plaça Sant Jaume convocada pel Comitè
d'Empresa de l'Escola Menéndez Pidal i convida la comunitat educativa a
participar-hi. Demanem al Departament d'Ensenyament que exerceixi de mediador
per buscar una sortida a l'escola i, en cas que no sigui possible, que
s'impliqui per trobar una sortida als professionals del Servei d'Educació de
Catalunya que es quedaran sense feina.
Les dades de centres que podrien
perdre alguna o més d'una de les seves unitats concertades desmenteixen el tòpic
que assegura que el Departament d'Ensenyament prioritza l'escola concertada a
Catalunya i posa de relleu la incoherència que demostra el Govern quan considera
l'escola concertada un servei públic a l’hora de retallar el salari dels seus
treballadros, però en canvi els abandona a la seva sort en els moments més
difícils.
Concentració Escola Menéndez Pidal DIA: Dilluns, 25 de juny. HORA: 18 hores. LLOC: Plaça Sant Jaume. |
Bajas por enfermedad durante las vacaciones son recuperables, según Tribunal
21/06/2012 EFE
Bruselas, 21 jun
(EFECOM).- El trabajador que se pone enfermo durante las vacaciones anuales
retribuidas tiene derecho a recuperar los días de descanso, según una sentencia
dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(UE).
"Un trabajador cuya
incapacidad laboral temporal haya sobrevenido durante sus vacaciones anuales
retribuidas tiene derecho a disfrutar posteriormente de un período de vacaciones
de duración equivalente al de su enfermedad", explica un comunicado del
Tribunal.
La sentencia se
refiere a un litigio entre varios sindicatos españoles y la Asociación Nacional
de Grandes Empresas de Distribución (ANGED).
Los sindicatos
presentaron varias demandas ante los tribunales españoles para que se
reconociera el derecho de los trabajadores sujetos al convenio colectivo de
grandes almacenes a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas incluso
cuando éstas coincidan con períodos de bajas por incapacidad laboral
temporal.
ANGED se opuso, al
considerar que los trabajadores en esa situación no pueden disfrutar de esos
días en un momento posterior, salvo que se trate de las situaciones expresamente
contempladas en la normativa nacional.
En España, los
períodos de vacaciones deben fijarse de común acuerdo entre el empresario y el
trabajador, conforme a lo que dispongan, en su caso, los convenios
colectivos.
Cuando las
vacaciones coinciden con un período de incapacidad temporal derivada del
embarazo, del parto o de la lactancia natural, la legislación española reconoce
el derecho a disfrutar posteriormente de las vacaciones que se solapen con la
baja.
Sin embargo, la
legislación española no regula los casos en que el período de vacaciones
coincide con un período de incapacidad temporal derivada de una baja por
enfermedad.
El Tribunal Supremo
se dirigió al Tribunal de Justicia de la UE para aclarar si la directiva
comunitaria sobre la ordenación del tiempo de trabajo se opone a la normativa
española.
En su sentencia
dictada hoy, los jueces europeos concluyen que, efectivamente, la legislación
española se opone a la europea.
El Tribunal de
Justicia recuerda que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas es un
principio del derecho social "de especial importancia" y que el derecho a las
vacaciones está expresamente reconocido por la Carta de los Derechos
Fundamentales de la UE.
Por otra parte,
destaca que la finalidad del derecho a vacaciones anuales consiste en permitir
que los trabajadores descansen y dispongan de un período de ocio y
esparcimiento.
"Tal finalidad
difiere de la correspondiente al derecho a causar baja por enfermedad, que
permite a los trabajadores recuperarse de una enfermedad que ha causado una
incapacidad laboral", dice el comunicado.
La sentencia
precisa además que el trabajador tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones
anuales retribuidas coincidentes con un período de baja por enfermedad en un
período posterior, con independencia del momento en que haya sobrevenido esa
incapacidad laboral.
"Sería aleatorio y
contrario a la finalidad del derecho a las vacaciones anuales retribuidas
conceder ese derecho al trabajador únicamente a condición de que este último ya
se encuentre en situación de incapacidad laboral cuando se inicie el período de
vacaciones anuales retribuidas" indica la sentencia.
En este contexto,
el Tribunal recuerda que la recuperación del nuevo período de vacaciones del que
el trabajador puede disfrutar una vez dado de alta médica, puede fijarse fuera
del período de referencia de las vacaciones anuales en cuestión.
EFECOM
LA DIRECCION DE CARREFOUR CONTINUA SU TRANSITO HACIA EL DESCUELGUE DEL CONVENIO.
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Esta es la primera impresión que podemos trasladaros tras la reuniones
del comité Intercentros de los pasados días 19 y 20 del presente, que como os
habíamos comentado estaban previstas para continuar con el proceso de
negociación de la modificación de condiciones planteada por la empresa al
amparo del art. 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Unas reuniones que se han centrado en el desarrollo de la propuesta
presentada por la empresa en cuanto a modificación de turnos, horarios,
movilidad funcional y geográfica del conjunto de centros.
Informaros que no ha habido posibilidad de fijar una posición común del
conjunto del comité ante la falta de sensibilidad por parte de la mayoría del
mismo, cuestión que como podréis suponer hará mas débil la posición de todos.
No obstante desde nuestra organización continuaremos en el intento de
comprometer al conjunto de la representación en la conveniencia de fijar un
planteamiento común que será más efectivo.
En cualquier caso desde nuestra representación continuaremos en la
defensa de todas aquellas garantías que hagan posible una distribución de la
jornada que no sea lesiva para los intereses de los trabajadores y que
garantizando el empleo pudiera permitir el disfrute de los dos días de descanso
semanal, en la medida que las posibilidades legales de apertura comercial se lo
posibilitan a la empresa.
En cualquier caso la dirección de Carrefour ha continuado negando el
reconocimiento de los avances logrados con la reciente sentencia de la Audiencia Nacional
en relación con el disfrute de los cinco fines de semana para todos los
trabajadores con independencia de los días de trabajo, y para ello ha manifestado
su disposición a acogerse al procedimiento de descuelgue de aplicación del convenio
colectivo en esta materia.
Situación que podría empeorar aún más si cabe el procedimiento iniciado
de modificación, y con ello situando las condiciones de los trabajadores y
trabajadoras de Carrefour en peor situación que el resto del sector y con ello
abriendo un camino que pudiera repercutir en todo el ámbito del convenio.
Próximas reuniones : miércoles 27 y viernes 29 de junio.
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miércoles, 20 de junio de 2012
LA UGT DE CATALUNYA DESAUTORITZA LA CELEBRACIÓ D’UN REFERÈNDUM ENTRE ELS TREBALLADORS DE JUSTÍCIA SOBRE LES COMPETÈNCIES DE LA GENERALITAT
Barcelona, 19 de juny de 2012
1. La UGT de Catalunya comparteix les reivindicacions en matèria de condicions laborals dels empleats i les empleades de l’Administració de Justícia. En aquest sentit, demanem a la Generalitat la màxima sensibilitat davant les seves demandes.
2. La UGT de Catalunya desautoritza la celebració de qualsevol referèndum entre els treballadors i les treballadores de Justícia en relació a les competències que ha o no ha de tenir la Generalitat de Catalunya. Aquest és un àmbit patrimoni de la ciutadania de Catalunya, que és qui ho ha de decidir.
UN TREBALLADOR DE CELSA ATLÀNTIC, QUE VE A PEU DES DE VITÒRIA, PARTICIPARÀ EN LA MANIFESTACIÓ DEL 20-J A BARCELONA
UN TREBALLADOR DE CELSA ATLÀNTIC, QUE VE A PEU DES DE VITÒRIA, PARTICIPARÀ EN LA MANIFESTACIÓ DEL 20-J A BARCELONA
Eduardo Iñiguez arriba demà a Barcelona per reunir-se amb la direcció de l’empresa, que vol tancar la fàbrica basca
Eduardo Iñiguez, treballador de l’empresa Celsa Atlantic, va sortir de Vitòria el passat 21 de maig i, després d’un mes caminant, arribarà demà a Barcelona. És la seva forma de protestar pel tancament de l’empresa, que deixaria al carrer 350 treballadors. Iñiguez vol reunir-se demà al matí amb la direcció de la multinacional a Castellbisbal i, a la tarda, s’incorporarà a la capçalera de la manifestació del 20-J a Barcelona.
Eduardo Iñiguez vol demanar a la direcció de Celsa Group, una de les principals productores d’acer a Europa, que valori i apliqui el pla de viabilitat que la plantilla ha elaborat per al futur de l’empresa. Fins al moment, la multinacional no vol dialogar i ha aplicat la nova reforma laboral amb una rebaixa de sous del 30% i 90 acomiadaments. Davant d’aquesta aplicació injusta, els treballadors s’hi ha negat i l’empresa ha anunciat el tancament de la fàbrica.
La manifestació a Barcelona contra la reforma laboral i la retallada de drets socials sortirà a les 19 hores de Plaça Urquinaona. Des de les 18.30 hores, aproximadament, Eduardo Iñiguez, atendrà els mitjans de comunicació interessats.
UGT grup LGTB: 28 de juny Dia Internacional de l'orgull LGTB
UGT grup LGTB: 28 de juny Dia Internacional de l'orgull LGTB: Des de la Secretaria d’Igualtat i Polítiques Socials , davant la commemoració d’un nou 28 de juny , Dia Internacional de l’orgull ...
martes, 19 de junio de 2012
Registren al Parlament la primera petició de consulta contra les retallades
Barcelona, 18 juny (EFE).- La plataforma "Prou Retallades" ha entrat avui en el registre del Parlament la primera iniciativa que es presenta a Catalunya per celebrar una consulta popular, amb la qual es pretén preguntar als ciutadans quines haurien de ser les prioritats en inversió del govern català.
En el cas que el Parlament doni llum verda a la proposta de pregunta que ha elaborat la plataforma, s'obriria un període de temps de sis mesos per recollir les 220.000 firmes de suport a la consulta necessàries perquè se celebri el referèndum.
El Parlament, primer, i el Govern espanyol, després, hauran d'autoritzar la consulta, que es convertiria així en el primer referèndum que se celebra a Catalunya després de l'aprovació de la llei de consultes populars, que emana de l'Estatut, durant la passada legislatura.
La pregunta presentada avui és la següent: "Creu que l'acció de govern a Catalunya hauria de donar prioritat a les polítiques de salut, educació i serveis socials per garantir aquests drets bàsics i complir amb l'Estatut?"
El president de la Federació d'Associacions de Veïns, Jordi Bonet, ha explicat avui en declaracions als periodistes que pretenen donar veu als ciutadans sobre un assumpte tan important com les retallades dels serveis públics tenint en compte que "cap programa electoral plantejava aquestes retallades" a Catalunya.
La plataforma "Prou Retallades" està integrada per entitats socials i els principals sindicats catalans. EFE
En el cas que el Parlament doni llum verda a la proposta de pregunta que ha elaborat la plataforma, s'obriria un període de temps de sis mesos per recollir les 220.000 firmes de suport a la consulta necessàries perquè se celebri el referèndum.
El Parlament, primer, i el Govern espanyol, després, hauran d'autoritzar la consulta, que es convertiria així en el primer referèndum que se celebra a Catalunya després de l'aprovació de la llei de consultes populars, que emana de l'Estatut, durant la passada legislatura.
La pregunta presentada avui és la següent: "Creu que l'acció de govern a Catalunya hauria de donar prioritat a les polítiques de salut, educació i serveis socials per garantir aquests drets bàsics i complir amb l'Estatut?"
El president de la Federació d'Associacions de Veïns, Jordi Bonet, ha explicat avui en declaracions als periodistes que pretenen donar veu als ciutadans sobre un assumpte tan important com les retallades dels serveis públics tenint en compte que "cap programa electoral plantejava aquestes retallades" a Catalunya.
La plataforma "Prou Retallades" està integrada per entitats socials i els principals sindicats catalans. EFE
Prou Retallades y sindicatos presentan una iniciativa popular para consultar sobre los recortes
BARCELONA, 18 Jun. (EUROPA PRESS) -
Los secretarios generales de UGT y CC.OO. de Catalunya, Josep Maria Àlvarez y Joan Carles Gallego, junto con representantes de las organizaciones que forman parte de la Plataforma Prou Retallades, han presentado este lunes en el Parlament una iniciativa popular para que se convoque una consulta ciudadana sobre cuáles deben ser las prioridades del Govern.
La pregunta que han presentado ha sido la siguiente: '¿Cree que la acción del Govern de Catalunya tendría que dar prioridad a las políticas de salud, educación y servicios sociales, para garantizar estos derechos básicos y cumplir con el Estatut?'.
En el caso de que la mesa del Parlament admita a trámite la propuesta, la plataforma deberá recoger 220.000 firmas --correspondientes al 3% de la población, tal y como exige la ley de consultas-- en un plazo de seis meses, y a partir de aquí se iniciaría un proceso de aprobación en el Parlament, que requeriría la mayoría absoluta de los diputados, para tramitar posteriormente la solicitud de autorización al Gobierno del Estado.
Según el presidente de la Federación de Asociaciones de Vecinos de Barcelona, Jordi Bonet, "es importante que el pueblo pueda expresar su opinión en una situación de crisis, no sólo saliendo a la calle sino también a través de las urnas", y ha asegurado que es necesario priorizar otros ámbitos de la política antes que el rescate del sector financiero.
Tanto si se consigue sacar adelante la propuesta de consulta --que en ningún caso sería vinculante--, como si se acaba deteniendo el proceso durante su tramitación, Bonet ha considerado que la recogida de firmas sería una muestra de fuerza suficiente como para que los gobiernos tuvieran que replantearse sus políticas.
Ésta es la primera vez en la democracia catalana que se activa por iniciativa popular la ley de consultas y, aunque se desconoce cuando podrían comenzarse a recoger las firmas --ya que depende de la tramitación de la iniciativa en la Mesa del Parlament--, Bonet ha apuntado que podría ser durante el mes de septiembre.
DEMÀ, NOVES MOBILITZACIONS CONTRA LA REFORMA LABORAL I LES RETALLADES SOCIALS
La UGT i CCOO hem convocat demà dimecres, 20 de juny, noves mobilitzacions a tot l'Estat espanyol contra la reforma laboral, les retallades en drets socials i per exigir responsabilitats i un veritable control públic del sector financer.
A Catalunya s'han convocat les següents mobilitzacions:
BARCELONA: manifestació les 19 hores des de la Plaça Urquinaona.
GIRONA: manifestació a les 18 hores des de la Plaça de la Independència.
TARRAGONA: manifestació a les 19 hores des de la Plaça Imperial Tarraco.
LLEIDA: concentració a les 19 hores davant la seu de Bankia (Humbert Torres, 2).
A Catalunya s'han convocat les següents mobilitzacions:
BARCELONA: manifestació les 19 hores des de la Plaça Urquinaona.
GIRONA: manifestació a les 18 hores des de la Plaça de la Independència.
TARRAGONA: manifestació a les 19 hores des de la Plaça Imperial Tarraco.
LLEIDA: concentració a les 19 hores davant la seu de Bankia (Humbert Torres, 2).
lunes, 18 de junio de 2012
domingo, 17 de junio de 2012
sábado, 16 de junio de 2012
CARREFOUR CONTINUA CON EL PROCESO DE MODIFICACIÓN GENERALIZADA DE DISTRIBUCION DE LA JORNADA.
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CARREFOUR
CONTINUA CON EL PROCESO DE MODIFICACIÓN
GENERALIZADA DE DISTRIBUCION DE LA
JORNADA.
Madrid, 16 de junio de 2012
Como
os habíamos anunciado, el pasado viernes volvió
a reunirse el comite intercentros de Carrefour de manera extraordinario, para
continuar con el proceso abierto por la dirección
de la empresa con la intención de proceder a una nueva modificación
generalizada de la distribución de la jornada de todos los trabajadores.
Ya
os habíamos informado que la propuesta inicial
que nos había entregado la empresa suponía
una serie de modificaciones, todas ellas de gran calado para las actuales
condiciones de los trabajadores, y donde la empresa exclusivamente ha centrado
su pretensión en adecuar nuestra presencia en el
centro a los flujos de la clientela, así como acometer de manera muy ampliada
las tareas de cada uno de los puestos de trabajo, de tal manera que la norma
sea la polivalencia generalizada y la movilidad funcional total, que unido a
una nueva distribución de las actuales jornadas podría
conducir a un grave deterioro en el mantenimiento del actual empleo y sobre
todo en su garantías y calidad del mismo.
Desde
nuestra representación sindical hemos hecho ver que el
proceso que la empresa pretende llevar a cabo puede suponer en la practica, no
solo una simple modificación al amparo del art. 41 del Estatuto de
los Trabajadores, sino un descuelgue de la actual normativa del convenio en
algunas cuestiones, tales como el descanso de los cinco fines de semana,
recientemente ganado en Sentencia de la Audiencia Nacional ,
y que como nosotros reclamábamos
afecta no solo a los de seis días de trabajo sino al conjunto de
trabajadores. Cuestiones que la empresa pretende obviar y con ello continuar en
su senda de incumplimientos.
Si
bien estamos en los inicios de este nuevo proceso de flexiblilizacion sin
limites ni seguridades que ha emprendido Carrefour, poco podemos confiar en sus
intenciones de cambio sobre lo planteado de manera inicial, como os decíamos
se trata lisa y llanamente de un nuevo estiramiento de las jornadas de cada uno
y cada una de nosotros para cubrir mayor franja de apertura comercial y ampliar
las tareas de cada uno de nosotros.
Desgraciadamente
nada dicen de como se va ha garantizar el derecho a la conciliación de la vida personal y laboral, nada sobre el
derecho al descanso semanal, nada sobre la calidad de nuestro trabajo y la
profesionalidad de quienes día a día
hacemos posible que la empresa continúe ampliando sus resultados.
Por
ello desde nuestra representación sindical seguiremos planteando estas
cuestiones que la empresa tan fácilmente olvida y que pretende
reducirnos a meros dígitos que sobre el planing de sus gráficos
les reporten resultados positivos.
En
este sentido reafirmamos nuestro compromiso en la defensa de un empleo que haga
posible compaginar las necesidades comerciales con la vida de los trabajadores,
y seremos beligerante con las pretensiones de rebaja continua y permanente que desde
la dirección de Carrefour se trata de implantar.
La
proxima reunion esta prevista para los dias 19 y 20 de junio.
viernes, 15 de junio de 2012
REUNIÓN EXTRAORDINARIA COMITÉ INTERCENTROS CARREFOUR DE 15 DE JUNIO 2012
HOY SE HA MANTENIDO LA SEGUNDA REUNIÓN DEL PERIODO DE CONSULTAS SOBRE APLICACIÓN DEL ART, 41 ET, EXPONIÉNDOSE POR AMBAS PARTES, EMPRESA Y SINDICATOS SUS POSICIONES, PLANTEAMIENTOS Y DUDAS.
SE HA DECIDIDO QUE SE SUSPENDE EL COMITÉ ORDINARIO DE LOS DÍAS 19 Y 20 DE JUNIO PARA PROSEGUIR CON EL PERIODO DE CONSULTAS EN LAS REFERIDAS FECHAS.
NECESITAMOS CONOCER MÁS DATOS
EN CUANTO DISPONGAMOS DE MÁS INFORMACIÓN OS LA HAREMOS LLEGAR
LA PLATAFORMA PROU RETALLADES PRESENTA AL PARLAMENT UNA INICIATIVA POPULAR PER FER UNA CONSULTA SOBRE LES PRIORITATS DEL GOVERN
LA PLATAFORMA PROU RETALLADES PRESENTA AL PARLAMENT UNA INICIATIVA POPULAR PER FER UNA CONSULTA SOBRE LES PRIORITATS DEL GOVERN
Els secretaris generals de la UGT i CCOO de Catalunya, Josep M. Àlvarez i Joan Carles Gallego, formaran part de la delegació
El proper dilluns, 18 de juny, els secretaris generals de la UGT i CCOO de Catalunya, Josep M. Àlvarez i Joan Carles Gallego, juntament amb representants de les organitzacions que formen part de la Plataforma Prou Retallades, presentaran al Parlament de Catalunya una iniciativa popular perquè es convoqui una consulta ciutadana sobre quines són les prioritats que ha dur a terme l’acció política del Govern de la Generalitat. La Plataforma vol recollir 220.000 signatures, un 3% del cens, que és el que fixa la llei per realitzar una consulta.
La pregunta que la Plataforma presentarà el dilluns al Parlament serà: “Creu que l’acció del Govern de Catalunya hauria de donar prioritat a les polítiques de salut, educació i serveis socials, per garantir aquests drets bàsics i complir amb l’Estatut?”.
jueves, 14 de junio de 2012
UGT grup LGTB: HACEMOS PUBLICA POR SU GRAVEDAD ESTA CARTA DE UN...
UGT grup LGTB:
HACEMOS PUBLICA POR SU GRAVEDAD ESTA CARTA DE UN...: HACEMOS PUBLICA POR SU GRAVEDAD ESTA CARTA DE UN CHICO HOMOSEXUAL, QUE HA SUFRIDO DISCRIMINACION EN SU TRABAJO. LO QUE HA LLEGADO A SUF...
HACEMOS PUBLICA POR SU GRAVEDAD ESTA CARTA DE UN...: HACEMOS PUBLICA POR SU GRAVEDAD ESTA CARTA DE UN CHICO HOMOSEXUAL, QUE HA SUFRIDO DISCRIMINACION EN SU TRABAJO. LO QUE HA LLEGADO A SUF...
miércoles, 13 de junio de 2012
Artículo 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo
Artículo 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.— 1. La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
a) Jornada de trabajo.
b) Horario y distribución del tiempo de trabajo.
c) Régimen de trabajo a turnos.
d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.
e) Sistema de trabajo y rendimiento.
f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.
2. Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en el contrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o disfrutadas por éstos en virtud de una decisión unilateral del empresario de efectos colectivos.
Se considera de carácter colectivo la modificación que, en un período de noventa días, afecte al menos a:
a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
b) El 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
c) Treinta trabajadores, en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
Se considera de carácter individual la modificación que, en el periodo de referencia establecido, no alcance los umbrales señalados para las modificaciones colectivas.
3. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad.
En los supuestos previstos en los párrafos a), b), c), d) y f) del apartado 1 de este artículo, si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.
Sin perjuicio de la ejecutividad de la modificación en el plazo de efectividad anteriormente citado, el trabajador que no habiendo optado por la rescisión de su contrato se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones.
Cuando con objeto de eludir las previsiones contenidas en el apartado siguiente de este artículo, la empresa realice modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo en períodos sucesivos de noventa días en número inferior a los umbrales que establece el apartado segundo para las modificaciones colectivas, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichas nuevas modificaciones se considerarán efectuadas en fraude de ley y serán declaradas nulas y sin efecto.
4. Sin perjuicio de los procedimientos específicos que puedan establecerse en la negociación colectiva, la decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo deberá ir precedida en las empresas en que existan representantes legales de los trabajadores de un período de consultas con los mismos de duración no superior a quince días, que versará sobre las causas motivadoras de la decisión empresarial y la posibilidad de evitar o reducir sus efectos, así como sobre las medidas necesarias para atenuar sus consecuencias para los trabajadores afectados.
La intervención como interlocutores ante la dirección de la empresa en el procedimiento de consultas corresponderá a las secciones sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que sumen la mayoría de los miembros del comité de empresa o entre los delegados de personal.
Durante el período de consultas, las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo. Dicho acuerdo requerirá la conformidad de la mayoría de los miembros del comité o comités de empresa, de los delegados de personal, en su caso, o de representaciones sindicales, si las hubiere, que, en su conjunto, representen a la mayoría de aquéllos.
En las empresas en las que no exista representación legal de los mismos, éstos podrán optar por atribuir su representación para la negociación del acuerdo, a su elección, a una comisión de un máximo de tres miembros integrada por trabajadores de la propia empresa y elegida por éstos democráticamente o a una comisión de igual número de componentes designados, según su representatividad, por los sindicatos más representativos y representativos del sector al que pertenezca la empresa y que estuvieran legitimados para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación a la misma.
En todos los casos, la designación deberá realizarse en un plazo de cinco días a contar desde el inicio del periodo de consultas, sin que la falta de designación pueda suponer la paralización del mismo. Los acuerdos de la comisión requerirán el voto favorable de la mayoría de sus miembros. En el supuesto de que la negociación se realice con la comisión cuyos miembros sean designados por los sindicatos, el empresario podrá atribuir su representación a las organizaciones empresariales en las que estuviera integrado, pudiendo ser las mismas más representativas a nivel autonómico, y con independencia de la organización en la que esté integrado tenga carácter intersectorial o sectorial.
El empresario y la representación de los trabajadores podrán acordar en cualquier momento la sustitución del periodo de consultas por el procedimiento de mediación o arbitraje que sea de aplicación en el ámbito de la empresa, que deberá desarrollarse dentro del plazo máximo señalado para dicho periodo.
Cuando el periodo de consultas finalice con acuerdo se presumirá que concurren las causas justificativas a que alude el apartado 1 y solo podrá ser impugnado ante la jurisdicción competente por la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en su conclusión. Ello sin perjuicio del derecho de los trabajadores afectados a ejercitar la opción prevista en el párrafo segundo del apartado 3 de este artículo.
5. La decisión sobre la modificación colectiva de las condiciones de trabajo será notificada por el empresario a los trabajadores una vez finalizado el periodo de consultas sin acuerdo y surtirá efectos en el plazo de los siete días siguientes a su notificación.
Contra las decisiones a que se refiere el presente apartado se podrá reclamar en conflicto colectivo, sin perjuicio de la acción individual prevista en el apartado 3 de este artículo. La interposición del conflicto paralizará la tramitación de las acciones individuales iniciadas hasta su resolución.
6. La modificación de las condiciones de trabajo establecidas en los convenios colectivos regulados en el Título III de la presente Ley deberá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 82.3.
7. En materia de traslados se estará a lo dispuesto en las normas específicas establecidas en el artículo 40 de esta Ley.
La reforma laboral entra en CARREFOUR
SECRETARÍA SECTORIAL DE COMERCIO
FCHJ-UGT
FCHJ-UGT
La reforma laboral entra en CARREFOUR
Madrid, 12 de junio de 2012
El lunes, 11 de
junio, estaba convocada una reunión del Comité Intercentros de Hipermercados Carrefour para tratar, fundamentalmente, el
tema de los cuadros horarios laborales, sin embargo, días antes, la empresa incorporaba a esa cita el tratamiento de un nuevo
punto en el orden del día, de tal trascendencia, que motivó que centrara al completo
el desarrollo de la reunión.
La dirección de esta gran superficie presentaba la apertura del articulo 41 del
Estatuto de los Trabajadores, paso preceptivo para llevar a cabo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo, más concretamente, una modificación que afecta a turnos,
horarios y a la movilidad tanto funcional como geográfica.
Carrefour, tras
señalar las razones económicas y organizativas en las se sustentaba esta decisión, procedió a enumerar las distintas medidas que, en principio, encuadraban su
planteamiento y que podríamos resumir en lo siguiente:
- Mayor
polivalencia
-
Establecimiento de nuevos turnos horarios.
- Modificación de horarios que contemplaría un mayor número de jornadas partidas.
-
Establecimiento de nuevos turnos vacacionales.
- Aumento de la
distribución irregular de la jornada.
- Eliminación de referencias horarias
- Supresión del descanso semanal acumulativo (sábado-domingo- lunes) y de
la posibilidad de libranza los sábados en compensación por prestación de servicios en domingo/festivo.
Para poder estudiar
y evaluar toda la información que la empresa aportó y que sirve de argumentación para llevar a cabo
estas drásticas medidas, la parte social solicitó un tiempo, por lo que la
próxima reunión quedo finalmente fijada para el próximo viernes día 15 de junio a las 11 horas de la mañana.
Desde UGT ya
anunciamos en su día la agresión a los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras que
constituía la reforma laboral, algo que nos llevó a la movilización en forma de
manifestaciones, concentraciones y desembocando en una huelga general que
clamaba por que los excesos de otros no recayeran sobre los más vulnerables, desgraciadamente con esa reforma laboral, vemos como no solo
se sigue destruyendo empleo sino que el aumento de la flexibilidad que se ha
regalado a los empresarios se traduce en que estos pueden llevar la
desrregularizacion a su máxima expresión, tal como pretende Carrefour.
Desde UGT
condenamos esta actitud y lucharemos porque el impacto de estas medidas sea el
menor posible.
SEGUIREMOS
INFORMANDO!!!
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