viernes, 16 de diciembre de 2011

INFORME DE LA SECCION SINDICAL DE U.G.T. DE CARREFOUR GRAN VIA 2, EN RELACION AL PLANNING DE VACACIONES 2012


INFORME DE LA SECCION SINDICAL DE U.G.T.  DE CARREFOUR GRAN VIA 2, EN RELACION AL PLANNING DE VACACIONES 2012

                                                                      

La Sección Sindical de UGT se reúne y decide emitir informe en relación al comunicado presentado al Comité de Empresa el día 23 de noviembre :La empresa traslada  al comité una    planificación y unos turnos de vacaciones en la que no estamos de acuerdo por los siguientes motivos:


1.  Teniendo en cuenta que las vacaciones constituyen un derecho del que gozan todos los trabajadores, como quiera que el reposo es una condición mínima que ofrece la posibilidad de que el empleado renueve la fuerza y la dedicación para el desarrollo de sus actividades y que el derecho a vacaciones es un derecho «físico» del trabajador que le garantiza, más que el reposo, su desarrollo personal.

  1. Teniendo en cuenta que según Acta de 9/12/2009 del Comité Intercentros –en relación al calendario de vacaciones 2010, que ya introducía cambios  no aceptados por UGT-la empresa presentó “la propuesta de programación de vacaciones como una herramienta, siendo independiente del hecho de que en los centros de trabajo se continuase aplicando el procedimiento habitual que se venía realizando históricamente, según uso y costumbre del centro de trabajo”.

  1. Teniendo en cuenta el Acta de 9 de marzo de 2005 del Comité Intercentros que manifiesta que el inicio de las vacaciones debe ser en día laborable.


  1. Teniendo en cuenta que los centros de trabajo deben aplicar consecuentemente el procedimiento habitual, establecido por uso y costumbre

  1. Teniendo en cuenta el plan de igualdad publicado en el BOE nº 40 de 16 de febrero de 2011 donde se recoge que los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se garantizarán a toda la plantilla,  garantizando el acceso y ejercicio de medidas de conciliación entre su vida laboral y personal y se declara la realización acciones y promoción de  medidas que faciliten la compatibilidad del tiempo de trabajo con la vida personal.

6.  Teniendo en cuenta que el Convenio Colectivo en Artículo 37. Períodos de disfrute.
1.º Los trabajadores disfrutarán entre los meses de junio a septiembre de, al menos, veintiún días naturales ininterrumpidos de su período vacacional, salvo que ingresen en la Empresa con posterioridad al 1 de septiembre, o su parte proporcional.

Las empresas podrán excluir de los turnos de vacaciones aquellas fechas que coincidan con las de mayor actividad productiva.

2.º Fuera del anterior período, y en la medida que la organización del trabajo lo permita, los trabajadores tendrán opción para fijar la fecha de disfrute de su vacación anual.



No entendemos la posición de la empresa:

·      La empresa en la planificación de invierno establece turno cerrados que empiezan todos en lunes sin recoger las excepcionalidades de trabajadores que no tienen el lunes como día laborable, ya que el trabajador debe de iniciar sus vacaciones en un día suyo laborable.

·         Por otra parte la planificación de las vacaciones de invierno tampoco se ajusta a lo que venia realizándose en años anteriores, esto es, empezándose las vacaciones en cualquier día laborable de la semana.

·         La empresa alega que son criterios que vienen de la Dirección Nacional, cuando en Intercentros la misma reconoce que se debe respeta los usos y costumbres del centro de trabajo.


Por todo ello debemos manifestar nuestra total disconformidad con el planteamiento de la empresa por no respetar
·         el inicio de vacaciones en día laborable
·         el inicio de las vacaciones de invierno en cualquier día laborable
·         la libre elección del periodo vacacional de invierno
·         falta información sobre la concreción  de los criterios aplicables en cuanto a la exclusión de  determinados periodos presentada  por la empresa.
Y además queremos dejar constancia de la negativa de la empresa ha recoger en el Acta de la reunión del 23 de noviembre las manifestaciones realizadas por UGT en cuanto a la planificación vacacional.
Es por todo ello que solicitamos a la empresa tenga a bien reunirse con el comité de empresa  a la mayor brevedad posible para tratar y clarificar los puntos mencionados, y levantar acta de la misma, garantizando así unas vacaciones justas para todos los trabajadores del centro.